STSJ Galicia 1462/2010, 15 de Diciembre de 2010
Ponente | PEDRO JOSE FERNANDEZ DOTU |
ECLI | ES:TSJGAL:2010:11321 |
Número de Recurso | 211/2007 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 1462/2010 |
Fecha de Resolución | 15 de Diciembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.1
A CORUÑA
SENTENCIA: 01462/2010
PONENTE: D. PEDRO J. FERNANDEZ DOTÚ
RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 211/2007
RECURRENTE: CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE DE FUNCIONARIOS (CSI-CSIF)
ADMINISTRACION DEMANDADA: CONSELLO DA XUNTA DE GALICIA
EN NOMBRE DEL REY
La Sección 001 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la
SENTENCIA
Ilmos./as. Sres./as. D./Dª
FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.- Pte.
MARIA DOLORES GALINDO GIL
PEDRO J. FERNANDEZ DOTÚ
A CORUÑA, quince de Diciembre de dos mil diez.
En el recurso contencioso-administrativo que, con el número 211/2007, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por la
CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE DE FUNCIONARIOS (CSI-CSIF), representada por la procuradora
Dª MARIA ANGELES FERNANDEZ RODRIGUEZ, dirigida por el letrado D. JESUS FOUZ FERNANDEZ, contra RESOLUCIÓN 11/01/07 DE CONSELLO XUNTA DE GALICIA, SOBRE RELACIÓN PUESTOS DE TRABAJO DE LA VICEPRESIDENCIA DA IGUALDADE E DO BENESTAR. Es parte la Administración demandada el CONSELLO DA XUNTA DE GALICIA, representado por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA.
Es ponente el Ilmo. Sr. D. PEDRO J. FERNANDEZ DOTÚ.
Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la parte recurrente para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, en síntesis, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que se estimaron pertinentes, se acabó suplicando que se dictase sentencia por la que se declare no conforme a Derecho la resolución de 11 de enero de 2007, que se recurre, en lo que se refiere a la provisión, por libre designación, de 9 plazas de Inspector/a y, como consecuencia de ello, la Orden de 26 de febrero de 2007, en lo que se refiere a los 5 puestos de Inspector/a derivados de la RPT impugnada directamente.
Conferido traslado a la parte demandada, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en la contestación de la demanda.
Habiéndose recibido el asunto a prueba y practicada ésta según obra en autos y declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.
En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo indeterminada.
Mediante escrito de fecha 23 de abril de 2007, la representación letrada del CSI-CSIF, en la provincia de Lugo, interpone recurso contencioso-administrativo contra resolución de 11 de enero de 2007, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de la Xunta de Galicia por la que se aprueba la relación de Puestos de Trabajo (RPT) de la Vicepresidencia de Igualdad y Bienestar, publicada en el DOG de fecha 22 de febrero de 2007.
En el escrito de 17 de julio de 2007, mediante el que se formaliza dicho recurso, con la correspondiente demanda, la parte recurrente, tras concretar que la impugnación se refiere a 9 plazas de Inspector/a y como consecuencia y efecto directo contra la Orden de 26 de febrero de 2007 por la que se convoca la provisión, por el sistema de libre designación, de 14 puestos de trabajo vacantes en la citada Vicepresidencia -en concreto 5 puestos de Inspector/a derivados de la RPT impugnada- aduce en defensa de su pretensión, consistente en la anulación de dichas disposiciones en cuanto a los concretos puestos impugnados, en el hecho de que la libre designación constituye un procedimiento excepcional para la provisión de puestos de trabajo frente al normal que representa el concurso de méritos, y, consecuentemente su elección debe ser en todo caso motivada.
A dicho...
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ATS, 20 de Septiembre de 2012
...de 15 de diciembre de 2010, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección 1ª, del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Rec. 211/2007 ), sobre la modificación de la Relación de puestos de trabajo de la Vicepresidencia de Igualdad y Bienestar. SEGUNDO .- En virtud de Providencia d......