STSJ Cataluña 1305/2012, 17 de Febrero de 2012

PonenteMIGUEL ANGEL SANCHEZ BURRIEL
ECLIES:TSJCAT:2012:1229
Número de Recurso7144/2011
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución1305/2012
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2012
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2011 - 8008871

RM

ILMO. SR. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL

ILMO. SR. MIGUEL ANGEL FALGUERA BARÓ

ILMO. SR. JOAN AGUSTI MARAGALL

En Barcelona a 17 de febrero de 2012

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 1305/2012

En el recurso de suplicación interpuesto por Celsa frente a la Sentencia del Juzgado Social 32 Barcelona de fecha 3 de junio de 2011 dictada en el procedimiento Demandas nº 167/2011 y siendo recurrido/a Matrust, S.L. y Fondo de Garantia Salarial. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Extinción a instància del trabajador, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 3 de junio de 2011 que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Celsa contra Matrust, S.L. y contra el Fondo de Garantía Salarial, debo absolver y absuelvo a las demandadas de toda pretensión declarativa y de condena deducidas en su contra.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Celsa, mayor de edad, con DNI nº NUM000 viene prestando servicios retribuidos por cuenta y dependencia de la empresa MATRUST, S.L. desde el día 9/7/1997, ostentando la categoría profesional de licenciada y salario de 43.998,60 euros brutos anuales (No existe controversia en cuanto a la antigüedad y salario de la trabajadora. La categoría profesional es la que consta en las nóminas aportadas por la parte actora). SEGUNDO.- MATRUST, S.L. es una empresa dedicada a la constitución y participación en otras sociedades y empresas mediante suscripción, adquisición y posesión de acciones, y a la preparación y realización de estudios de carácter económico y financiero de operaciones mercantiles. Además realiza el "back officede aquellas empresas que requieren sus servicios, entre las que se encuentra Accura Sport Management, S.L. la cual tiene el mismo domicilio social que MATRUST, S.L. (documentos 198 a 209 aportados por la parte demandada y declaraciones testificales de Jenaro y de Samuel ).

TERCERO

En MATRUST, S.L. existían los siguientes Departamentos: el administrativo-financiero, el de sistemas informáticos, el jurídico y recepción. Al mando de cada uno de ellos estaba una persona y por encima de todos ellos estaba el Gerente Sr. Ángel Daniel (declaración testifical Jenaro ).

CUARTO

La demandante venía ocupando el puesto de Responsable del Departamento Administrativo-Financiero y tenía a su cargo 5 trabajadores (así consta en su tarjeta de visita, en el documento 151 de la parte demandada y de las declaraciones testificales de Socorro y de Clemencia ).

QUINTO

En 2007 el Sr. Ángel Daniel creó un puesto intermedio entre él y los responsables de cada departamento que denominó Director Corporativo. En dicho puesto colocó a Franco el día 10/9/2007 en el que permaneció hasta el día 30/6/2008 (declaración testifical de Jenaro y de Samuel, y documentos 147 y 148 de la empresa demandada).

SEXTO

El 1/9/2008 pasó a ocupar el anterior puesto Jenaro, quien asumió entre otras funciones la responsabilidad de las actividades financieras, por lo que los trabajadores del Departamento Administrativo Financiero que trabajaban temas financieros pasaron a reportar directamente Sr. Jenaro . En consecuencia el Sr. Jenaro asumió la dirección de la parte financiera y la demandante mantuvo la dirección de la parte administrativa del Departamento referido (declaración testifical de Jenaro, de Socorro y de Clemencia

SÉPTIMO

Debido al volumen de trabajo que generaba Accura Sport Management, S.L., a partir del 1/1/2011, de los cuatro trabajadores que había en ese momento en el Departamento Administrativo-Financiero, tres de ellos ( Socorro, una tal Campanilla y un tal Pirata ) pasaron a formar parte de un nuevo Departamento Administrativo-Financiero que gestionaba exclusivamente la actividad de Accura Sport Management, S.L., quedando bajo las ordenes y directrices de Jenaro . Los tres trabajadores fueron dados de alta en la empresa Accura Sport Management, S.L. En consecuencia, la demandante se quedó a cargo de una persona ( Clemencia ) y como máxima responsable administrativa de MATRUST, S.L. (declaración testifical de Jenaro

, de Jenaro, de Socorro y de Clemencia ).

OCTAVO

Tras los referidos cambios, la demandante viene desarrollando el mismo trabajo que antes y realiza las mismas funciones, si bien referido únicamente a MATRUST, S.L. (declaración testifical de Jenaro y de Socorro ).

NOVENO

En las relaciones habidas entre la demandante y Jenaro había cierta tirantez (declaración testifical de Samuel, Director General de Accura Sport Management, S.L.).

DÉCIMO

La trabajadora estuvo en situación de incapacidad temporal desde el 8/7/2010 al 6/8/2010, e inició un nuevo proceso el 13/1/2011 en el que se encuentra en la actualidad, por presentar ansiedad, de la que está siendo tratada por el médico de familia, sin que conste tratamiento por parte de especialista en psiquiatría (documentos 217 y 218 de la empresa y 95 a 101 de la parte actora).

DÉCIMO PRIMERO

En fecha 23/7/2010, mientras la demandante estaba en IT, Jenaro envió un correo electrónico a Casilda en el que le enviaba un fichero, desde la dirección de correo de la demandante, con el consentimiento de ésta y en el que el Sr. Jenaro se identificaba como tal (documento 88 de la parte actora y declaración testifical de Jenaro ).

DÉCIMO SEGUNDO

Los objetivos de 2009 no fueron fijados de mutuo acuerdo entre la empresa y la parte actora, dado que ésta se negó a firmar los fijados por MATRUST, S.L. (documento 21 de la parte actora y declaración testifical de Jenaro ).

DÉCIMO TERCERO

La demandante preparó el finiquito de la trabajadora Ramona (documento 87 de la parte actora).

DÉCIMO CUARTO

Se celebró el acto de conciliación con el resultado de "sin avenencia"(consta documentado)." TERCERO.- Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda de extinción de la relación laboral formulada por Celsa frente a la empresa MATRUST, S. L. a quien absuelve de toda pretensión declarativa y de condena. Contra dicha resolución judicial interpone la parte actora Recurso de Suplicación que articula en base a once motivos destinados los nueve primeros a la revisión de los hechos declarados probados y los dos últimos al examen de las normas sustantivas y la jurisprudencia aplicadas en la sentencia de instancia, recurso que ha sido impugnado de contrario.

SEGUNDO

Con amparo procesal en la letra b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral interesa la recurrente, en base a la documentación que señala, la modificación de los hechos declarados probados segundo, cuarto, sexto, séptimo, octavo, Décimo, Décimo primero Décimo segundo y Décimo tercero de la sentencia, proponiendo para cada uno de ellos un redactado alternativo.

Así, respecto del hecho probado segundo interesa poner de manifiesto la existencia de un grupo mercantil en el que la empresa MATRUST, S. L. sería "la empresa matriz del grupo Matrust que presta servicios financieros y contables al resto de sociedades del grupo".

Por lo que hace al hecho probado cuarto interesa que se relacionen las funciones concretas que realizaba en el grupo Mastrut (folios 107 a 149).

Para el hecho probado sexto interesa relacionar las funciones que realiza el señor Jenaro desde su nombramiento en 2008 (folios 157 a 201).

En el hecho probado séptimo, amen de las precisiones que postula introducir respecto del nombre de las personas y en la denominación del "Departamento administrativo-financiero de todo el grupo Mastrut", propugna, asimismo, la precisión relativa al señor Jenaro quien, desde su nombramiento "pasó a ocupar oficialmente el puesto de responsable administrativo-financiero del grupo Accura (aunque desde su incorporación ya había ido asumiendo las funciones como responsable administrativo-financiero de todo el grupo Mastrut".

Para el hecho probado octavo postula un redactado alternativo del siguiente tenor literal: "Tras los referidos cambios, la demandante viene realizando funciones de inferior categoría profesional y nivel (auxiliar administrativo)".

En el sexto de los motivos de revisión interesa precisar, respecto del hecho probado décimo, que "como consecuencia de la actuación empresarial y la exposición a riesgos psicosociales", la recurrente inició los procesos de incapacidad temporal que se reseñan en dicho hecho con las consecuencias dañosas de "trastorno de ansiedad, insomnio, molestias digestivas y daños emocionales", lo que le ha ocasionado daños que valora 10.000#, así como daños morales que cuantifica en 10.000# y daños patrimoniales en cuantía de otros 30.000# según se explicita.

Para el hecho probado décimo primero interesa que se añada a su contenido como inciso final el siguiente párrafo "(...) con el consentimiento de ésta para entrar en su ordenador a buscar el fichero pero no para usar su coreo electrónico personal vulnerando así su privacidad e intimidad".

Con...

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