STSJ Comunidad de Madrid 550/2007, 18 de Septiembre de 2007

PonenteELENA PEREZ PEREZ
ECLIES:TSJM:2007:13468
Número de Recurso2937/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución550/2007
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Social

RSU 0002937/2007

T.S.J. MADRID SOCIAL SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00550/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL-SECCION 5ª

MADRID

Sentencia nº 550

Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz:

Presidente :

Ilma. Sra. Dª Elena Pérez Pérez :

Ilmo. Sr. D. Luis Gascón Vera :

En Madrid, a dieciocho de septiembre de dos mil siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el recurso de suplicación nº 2937/07-5ª, interpuesto por Dª María Rosario y Dª Remedios representadas por la Letrada Dª Mª Esther León López, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Número 17 de los de Madrid, en autos núm. 1015/06, siendo recurrida CENP NUEVAS PROFESIONES S.R.L., representada por el Letrado D. Eduardo López Pásaro. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª Elena Pérez Pérez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por Dª María Rosario y Dª Remedios, contra CENP Nuevas Profesiones S.R.L. sobre despido, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 28 de enero de 2007, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

PRIMERO

Las demandantes han venido prestando sus servicios para la empresa de demandada, con la antigüedad, categoría profesional y salario mensual con prorrata de pagas extras que se señala a continuación:

Antigüedad categoría salario

María Rosario l8-9-89 limpiadora 1669,74

Dª Remedios 1-8-01 limpiadora 1336,06

SEGUNDO

Mediante carta de fecha 30-9-06, la empresa comunicó a las demandantes su despido por causas organizativas, económicas y de producción, con efectos del mismo día. E1 contenido de la carta es el siguiente:

"Como Vd. sabe, el número de alumnos matriculados viene descendiendo preocupantemente en los últimos cursos académicos. Ello supone la reducción del movimiento de personas, alumnos y una plantilla de profesores y personal no académico cada vez inferior en número y por ello, el uso de aulas e instalaciones es cada vez menor. Esta disminución de actividad conlleva una lógica reducción de las necesidades de limpieza, hasta tal punto que se ha decidido externalizar plenamente estas labores a una empresa especializada e independiente de servicios de limpieza, Planting S.L. y que además será contratada por la titular del inmueble que actualmente se ocupa en la c/ Joaquín María López n° 60 de Madrid.

Esta medida de supresión plena de todo el personal propio de limpieza dependiente del CENP externalizando el servicio forma parte del proceso de reorientación y reorganización que se está realizando en el CENP, y así, tal servicio de limpieza ya fue externalizado con éxito en nuestra sede de La Coruña, por otra parte ayuda a paliar la situación de crisis general de este Centro de Estudios, difícil situación que como también sabe, ha llevado al cierre y por tanto a la desaparición total de nuestra presencia académica en Barcelona el pasado mes de Julio, toda vez que dicha sede del CENP se encontraba en una situación económica insostenible de pérdidas originada por la disminución drástica de alumnado.

Por ello se hace imprescindible la continuación de la reorganización y reorientación de la estructura empresarial, evitando la dispersión, concentrando las inversiones, asignación de recursos y esfuerzos para el mantenimiento de nuestra actividad docente, siendo la cuestión de la limpieza del edificio una actividad independiente de la principal, que es la académica, y por tanto susceptible de ser externalizada, desapareciendo totalmente tales funciones en el CENP al desaparecer el personal propio de limpieza, tal y como se ha hecho en la otra sede, y formando parte del conjunto de medidas económicas y organizativas que se están acometiendo en el CENP con el fin de su continuidad en el mundo académico, y por tanto mantenimiento de los puestos de trabajo docentes.

Según se dispone legalmente, tiene Vd. a su disposición simultáneamente a la entrega de esta carta la indemnización legal de veinte días de salario por año de servicio en la empresa. De este cálculo resulta la cantidad de 20.044,62 euros (en el caso de Dª María Rosario y 5.344,24 euros en el caso de Dª Remedios ). Esta puesta a disposición se efectúa mediante la entrega en este momento de cheque por el importe indicado, librado contra el banco Caixa Geral con n° de serie y por el importe indicado.

Por otra parte, en cuanto al plazo de preaviso de 30 días establecido en el Estatuto de los Trabajadores para la extinción del contrato, le significamos que se ha optado por abonárselo toda vez que los efectos de la extinción son del día de hoy. Por ello, la cantidad resultante en concepto de preaviso se le abonará junto con la correspondiente liquidación de saldo y finiquito y entrega de certificados de empresa".

TERCERO

Simultáneamente la empresa entregó a las demandantes la indemnización de 20 días de salario por año de servicio que se señalaba en las cartas.

CUARTO

La empresa ha pasado de tener 959 alumnos matriculados en el curso 2002-2003 a tener 317 alumnos en el curso 2006-2007 (doc. 13 de la empresa)

QUINTO

En el ejercicio 2005 ha tenido unas pérdidas, antes de impuestos, de 161.706,44 euros, cuando en el ejercicio 2004 tuvo unos beneficios de 23.193,04 euros (doc. 5 de la empresa). Ello ha obligado a la empresa a tomar varias medidas como son:

-Suscribir, en fecha 1-10-2004, un contrato de colaboración mercantil con la empresa SANSEVAL, S.L., por la cual ésta cede a aquella el uso y disfrute de los inmuebles con las condiciones que constan en dicho contrato, que se da por reproducido (doc. 6 de la empresa).

-El cierre del centro de Barcelona en junio de 2006 (doc. 11 de la empresa).

-La externalización del servicio de limpieza de los dos centros que quedan: Madrid y La Coruña; concretamente del centro de Madrid, mediante contrato suscrito entre Sanseval, S.L. y la empresa Planning, S.L. el 1-10-06, pactándose la prestación del servicio de limpieza de lunes a sábados por dos limpiadoras a razón de 39 horas por semana y un especialista a razón de 20 horas por semana, por un precio anual de 52.004,16 euros (doc. 7 y 8 de la empresa); en el centro de La Coruña se externalizaron los servicios de limpieza en el año 2003 (doc. 10 de la empresa).

- La reducción de las horas de docencia y por tanto de la jornada de los profesores (testifical).

SEXTO

La limpieza del centro se llevaba a cabo por las dos demandantes a tiempo completo y por otra trabajadora a tiempo parcial, y los costes de personal de limpieza así...

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