STSJ Andalucía 1114/2011, 14 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1114/2011
Fecha14 Abril 2011

Recurso nº 10-3378-IN Sent. 1114/11

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Iltma. Sra. Dña. MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ ALVAREZ, Presidenta

ILTMO. SR. D. FRANCISCO M. ALVAREZ DOMÍNGUEZ

ILTMA. Sra. ROSA MARIA ROJO CABEZUDO

En Sevilla, a catorce de abril de dos mil once.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 1114/11

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Gabino, contra la sentencia del Juzgado de lo Social de ALGECIRAS en sus autos nº 1359/09; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ ALVAREZ, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Gabino, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social Tesorería General Seguridad Social y Servicio Andaluz de Salud, sobre INVALIDEZ, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 25/05/2010 por el Juzgado de referencia, con desestimación de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"PRIMERO.- El actor, D. Gabino, nacido el 22 de junio de 1951, con DNI núm. NUM000, figura encuadrado en el RGSS con NAF NUM001, y -en lo que ahora importa- por resolución del INSS de 15 de junio de 2009, fue declarado afecto de IPT/EC cualificada para su profesión habitual de electricista (conforme a una BRM de 2.091,37 euros y efectos económicos de 5 de mayo de 2009), tras determinársele el siguiente cuadro clínico residual (a) y las siguientes limitaciones orgánicas y funcionales (b):

a.- Trastorno mixto ansioso-depresivo, de evolución crónica y que no responde al tratamiento psiquiátrico, y según dictamen UVMI de fecha 4/V/09.

b.- Limitación psiquiátrica moderada.

SEGUNDO

1.- Disconforme con esta resolución del INSS, en fecha 13 de agosto de 2009, el actor interpuso contra la misma la preceptiva reclamación administrativa previa a la vía judicial, y que fue desestimada íntegramente por nueva resolución de dicho organismo y 16 de septiembre de 2009. 2.- Y de este modo, el 25 de septiembre de 2009, el actor formalizó ante este juzgado la demanda origen de las presentes actuaciones.

TERCERO

En el momento en que el actor fue examinado por el médico inspector del INSS, como paso previo a la calificación última de su situación médico-laboral (esto es, el 3 de junio de 2009), el mismo presentaba el siguiente cuadro clínico residual (a) y las siguientes limitaciones orgánicas y funcionales (b):

a.- Trastorno mixto ansioso-depresivo, de evolución crónica y que no...

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