STSJ Comunidad de Madrid 418/2011, 5 de Mayo de 2011

PonenteFRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
ECLIES:TSJM:2011:5568
Número de Recurso207/2010
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución418/2011
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2011
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00418/2011

Recurso 207/10

SENTENCIA NUMERO 418

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

----- Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Francisco Javier Canabal Conejos

Magistrados:

D. José Arturo Fernández García

Dª María Luaces Díaz de Noriega

D. Alfredo Roldán Herrero

---------------En la Villa de Madrid, a cinco de mayo de dos mil once.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 207/10, interpuesto por don Juan Miguel, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Silvia Virto Bermejo, contra la resolución de fecha 18 de diciembre de

2.009 dictada por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil. Habiendo sido parte la Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso-administrativo mediante escrito presentado en fecha 19 de febrero de 2.010, contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación del acto recurrido.

SEGUNDO

La representación procesal de la Dirección General de la Administración General del Estado contestó a la demanda mediante escrito de fecha 21 de septiembre de 2010 en el que instó la desestimación del recurso. TERCERO.- No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba ni el trámite de conclusiones con fecha 5 de mayo de 2011 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Francisco Javier Canabal Conejos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través del presente recurso jurisdiccional el recurrente impugna la resolución de fecha 18 de diciembre de 2.009 dictada por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil por la que se le revocaba su licencia de armas tipo "D" por haber sido condenado por la comisión de sendos delitos contra la hacienda Pública y por defraudación tributaria y por haberle sustraído armas en su vehículo con ocasión de su robo.

Reconoce la parte recurrente que fue condenado por delitos contra la Hacienda Pública pero que los hechos se cometieron en los años 1993 y 1996 sin que desde dichas fechas se le hubiera incoado causa alguna penal. En cuanto a las sustracciones de armas indica que siendo víctima de los robos no pueden recaer sobre él las consecuencias de los mismos y el primero de ellos tuvo lugar en el año 1997.

SEGUNDO

El artículo 96 del Real Decreto 137/93 de 29 de enero, que aprueba el Reglamento de Armas, dispone que los poseedores de las armas del tipo D precisarán licencia. El artículo 98 dispone que en ningún caso podrán tener ni usar armas, ni ser titulares de las licencias o autorizaciones correspondientes, las personas cuyas condiciones físicas o psíquicas les impidan su utilización y especialmente las personas para las que la posesión y el uso de las armas representen un riesgo propio o ajeno. A la vista de estas normas, nos hallamos ante una potestad discrecional de la Administración, que en modo alguno queda sustraída al control jurisdiccional. El Tribunal Supremo ha entendido (Sentencias de 12 de abril del 95 y 22 de enero de...

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