STSJ Galicia 809/2011, 15 de Septiembre de 2011

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2011:6755
Número de Recurso4220/2009
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución809/2011
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2011
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00809/2011

Procedimiento Ordinario Nº 4220/2009

EN NOMBRE DEL REY

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA

ILMOS. SRS.

D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA - PTE.

D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ

Dª. CRISTINA MARÍA PAZ EIROA

En la ciudad de A Coruña, a quince de septiembre de dos mil once.

En el recurso contencioso-administrativo que con el Nº 4220/09 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por D. Cesar, representado por D. José Angel Cortiñas Fariña y dirigido por D. José Antonio Suárez Espiñeira, contra el Texto Refundido Final del Plan Xeral De Ordenación Municipal de Santiago de Compostela aprobado por las Órdenes de 3-10-07 y 1-9-08 de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Transportes. Es parte como demandada la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Transportes, no personada en los autos. Actúa como codemandado el Ayuntamiento de Santiago de Compostela, representado por D. José Antonio Castro Bugallo y dirigido por D. Carlos GonzálezConcheiro Álvarez . La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó que se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración codemandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Una vez practicadas, con el resultado que consta en autos, las pruebas admitidas y cumplimentado el trámite de conclusiones se declaró terminado el debate escrito y se señaló para votación y deliberación el día 2-6-11. Advertido que no había sido emplazada la Xunta de Galicia, se alzó el señalamiento y se acordó proceder a su emplazamiento, sin que se personase en el plazo que le fue concedido al efecto, por lo que se hizo nuevo señalamiento para el día 8-9-11.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales. Es Ponente el Magistrado Sr. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo el Texto Refundido Final del Plan Xeral De Ordenación Municipal de Santiago de Compostela aprobado por las Órdenes de 3-10-07 y 1-9-08 de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Transportes.

SEGUNDO

El actor pretende que se declare la nulidad del plan impugnado en lo atinente al Polígono 43 del artículo 150 de dicho Plan, denominado "Da Ribeira de San Lorenzo"; que se lo deje sin efecto en relación a su propiedad, y que se determine que ésta tiene que ser calificada como suelo urbano consolidado. Estas pretensiones se fundamentan en que en la finca de su propiedad, que estaba clasificada como suelo urbano en el anterior PGOU, construyó una edificación al amparo de las licencias que le fueron concedidas en los años 1998, 1999, 2001 y 2004, de acuerdo con las previsiones del Plan Especial de Protección y Rehabilitación de la Ciudad Histórica, cuyo artículo 153 la incluía en la...

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