STSJ Andalucía 19/2011, 3 de Enero de 2011

PonenteMARIA LUISA MARTIN MORALES
ECLIES:TSJAND:2011:1625
Número de Recurso880/2007
ProcedimientoCONTENCIOSO - APELACION
Número de Resolución19/2011
Fecha de Resolución 3 de Enero de 2011
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA SEDE EN GRANADA

SECCION PRIMERA

ROLLO 880/07

SENTENCIA Nº 19 DE 2.011

Ilmos Srs. Magistrados:

D. Rafael Puya Jiménez

D. Juan Manuel Cívico García

Dña. Mª Luisa Martín Morales

Granada, a tres de enero de dos mil once.

Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se

ha tramitado el recurso de apelación número 880/07 dimanante del procedimiento núm. 203/06, seguido ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo número 3 de los de Granada, siendo parte apelante D. Alejandro, representado por la

abogada Dña. Pilar Domínguez Lupiañez y parte apelada la Subdelegación del Gobierno en Granada, en cuya representación y

defensa interviene el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el mencionado procedimiento, tramitado ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo citado, se dictó sentencia en fecha 13-7-06, interponiéndose frente a dicha resolución recurso de apelación dentro de plazo.

SEGUNDO

Tras ser admitido por el Juzgado, se dio traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de 15 días formularan su oposición al mismo, presentándose por la parte apelada en fecha señalada el escrito de impugnación de dicho recurso.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala, se formó el oportuno rollo, se registró, se designó Ponente, y al no haberse practicado prueba, ni celebrado vista o conclusiones, se declararon conclusas las actuaciones para dictar la resolución procedente.

CUARTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día referido en las actuaciones, en que efectivamente tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales; siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dña. Mª Luisa Martín Morales, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación tiene por objeto la sentencia de fecha 13-7-06, dictada por el Juzgado de lo contencioso administrativo n° 3 de la localidad de Granada, por la que se acordó la inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo interpuesto frente a resolución de la Subdelegación del Gobierno de Granada que acordó la desestimación del recurso de alzada respecto de anterior resolución que acordó la devolución al país de origen.

SEGUNDO

La parte apelante fundamenta su recurso en líneas generales en los siguientes argumentos:

  1. - El recurso contencioso administrativo debe admitirse porque la representación se acreditó por el documento de designación del Colegio de Abogados de Granada que se acompaña.

  2. - La designación se efectúa con la asistencia al detenido en la correspondiente comisaría, sin necesidad de nueva designación para los posteriores recursos...

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