STSJ Canarias 7/2007, 4 de Junio de 2007

PonenteMARIA MARGARITA VARONA FAUS
ECLIES:TSJICAN:2007:3467
Número de Recurso5/2007
Número de Resolución7/2007
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Civil y Penal

S E N T E N C I A

PRESIDENTE:

Excmo. Sr. D. Antonio Castro Feliciano

MAGISTRADAS:

Ilma. Sra. Dña. Margarita Varona Faus

Ilma. Sra. Dña. Carla Bellini Domínguez

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 4 de Junio de 2007.

Visto el recurso de apelación seguido bajo el Rollo núm. 5/07 de esta Sala, correspondiente al procedimiento de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado Rollo núm. 2/05, proviniente del Juzgado de Instrucción núm. 6 de Las Palmas de Gran Canaria, en el que por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas en el Rollo núm. 4/06, se dictó sentencia de fecha 15 de diciembre de 2006, actuando como Magistrada-Presidente del Tribunal del Jurado, la Ilma. Sra. Dña. María Oliva Morillo Ballesteros, cuyo FALLO es del tener literal siguiente: "Debo condenar y condeno al acusado D. Lázaro como autor criminalmente responsable de un delito de apropiación indebida por funcionario público, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de dos años de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres años y, al pago de las costas procesales".

Debiendo indemnizar a D. Salvador en la suma de setecientos cincuenta euros ( 750 € ), con los intereses previstos en el artículo 576.1 LEC.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Celebrado el juicio por la sección primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas al Rollo núm. 4/06, recayó sentencia de fecha 15 de diciembre de 2006, y contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal del condenado.

SEGUNDO

El Jurado en su veredicto de culpabilidad, ha declarado como hechos probados que el acusado Lázaro, mayor de edad y sin antecedentes penales era funcionario público en servicio activo, y ejercía sus funciones como Funcionario del Cuerpo Nacional de Policía en los calabozos de las dependencias de la Jefatura Superior de Policía de Las Palmas los días diecinueve y veinte de abril de 2005.

El 18 de abril, fue detenido y llevado a Comisaría de Distrito Norte D. Salvador en calidad de detenido, donde se recogieron las pertenencias entre las que se encontraba setecientos cincuenta euros (750€) que se guardaron en una bolsa en presencia del detenido y los Agentes de servicio.

El citado día por la noche trasladaron a D. Salvador a los calabozos de la Jefatura Superior de Policía de Las Palmas, donde los funcionarios de Policía que prestaban su servicio en los calabozos en presencia del detenido cotejaron las efectos contenidos en la bolsa, entre los que se encontraban los 750 euros y procedieron a cerrar la bolsa que quedó perfectamente sellada, depositándola en el interior de una taquilla habilitada al efecto.

El acusado D. Lázaro, prestaba sus servicios en los calabozos de las dependencias de la Jefatura Superior de Policía de Las Palmas en la tarde del día diecinueve de abril de 2005 y en la mañana del día veinte de abril de 2005, quedando bajo su custodia el detenido y la citada bolsa con los efectos.

Durante la tarde del 19 de abril, el acusado D. Lázaro, tras romper la bolsa se apropió del dinero (750 euros), procediendo a depositarla en el mismo lugar.

TERCERO

Dentro del plazo concedido por la Ley, se presentaron escritos de personación ante esta Sala de lo Penal del T.S.J., en calidad de apelante, por la Procuradora Dña. Mónica Padrón Franquiz, en nombre y representación del condenado Lázaro, y en calidad de apelados, por el Procurador D. Francisco Neyra Cruz en nombre y representación de la acusación particular D. Salvador y por el Ministerio Fiscal, a los que se les tuvo por personados y parte por providencia de fecha 20 de Abril de 2007, y se acordó señalar para la celebración de la vista del recurso de apelación interpuesto el día 24 de Mayo de 2007 a las 10 horas.

El condenado se encuentra en libertad por esta causa.

Se designó ponente de las actuaciones a la Magistrada de esta Sala, Ilma. Sra. Dña. Margarita Varona Faus, a quien por turno correspondía y que expresa en la sentencia la voluntad unánime de la Sala.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades esenciales del procedimiento.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por la representación de Lázaro se ha interpuesto recurso de apelación contra la sentencia de fecha 15 de diciembre de 2006, dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas en el procedimiento de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado nº 2/05, procedente del Juzgado de Instrucción nº 6 de Las Palmas de Gran Canaria.

El motivo de apelación en que se fundamenta la impugnación de la sentencia de instancia, es el que establece el artículo 846 bis c), apartado e) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de vulneración del derecho a la presunción de inocencia, porque, atendida la prueba practicada en juicio, carece de toda base razonable la condena impuesta. En fundamento de su alegación, entiende la representación recurrente que, no obstante la prueba actuada en el plenario, existe...

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