STSJ Murcia 1111/2010, 17 de Diciembre de 2010

PonenteMARIA CONSUELO URIS LLORET
ECLIES:TSJMU:2010:2871
Número de Recurso515/2007
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1111/2010
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MURCIA SALA 1 CON/AD

MURCIA

SENTENCIA: 01111/2010

RECURSO nº 515/2007

SENTENCIA nº 1111/2010

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA

SECCIÓN PRIMERA

compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Mariano Espinosa de Rueda Jover

Presidente

Dña. María Consuelo Uris Lloret

Dña. María Esperanza Sánchez de la Vega

Magistrados

ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 1111/2010

En Murcia, a diecisiete de diciembre de dos mil diez.

En el recurso contencioso administrativo nº 515/07 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 1.508,80 €, y referido a ayuda de acción social por discapacidad.

Parte demandante: D. Cosme , que comparece en su propio nombre y representación.

Parte demandada: Administración General del Estado- Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, representada y defendida por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social.

Acto administrativo impugnado: Resolución del Director General del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 23 de julio de 2007, desestimatoria del recurso de alzada formulado contra resolución de la Subdirección General de Recursos Humanos y Materiales de 4 de junio anterior, por la que deniega al recurrente la ayuda solicitada por discapacidad, modalidad B.

Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia por la que se anule la resolución recurrida y se condene a la Administración demandada a conceder la ayuda por discapacidad de la Modalidad B, en una cuantía de 1.508,80 €, más los intereses legales correspondientes, cuantía que resulta de aplicar el 80% al importe de la terapia a cargo del recurrente, de acuerdo con las cuantías establecidas en la Circular 5/2006, reconociendo que la intervención quirúrgica es una terapia por discapacidad de su hijo incluida en las prestaciones de la mencionada Circular.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. María Consuelo Uris Lloret, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 3 de octubre de 2007 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO.- La parte demandada se opuso al recurso.

TERCERO.- No habiéndose recibido el recurso a prueba se señaló para la votación y fallo el día 10 de diciembre de 2010, quedando las actuaciones conclusas y pendientes de sentencia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

PRIMERO.- Por Circular nº 5/2006, de 11 de diciembre, del Director General del INSS se convocaron ayudas de Acción Social para los empleados destinados en dicho Instituto. Entre ellas se encontraba la "Ayuda por discapacidad", para las situaciones de discapacidad del empleado y de sus hijos, en grado de minusvalía igual o superior al 33%, con dos modalidades, entre ellas la B que requería justificante de gasto y que contemplaba, entre otros tipos de gasto, las "Terapias por discapacidad del empleado o de sus hijos", con un importe del 80% del gasto, y con el tope de 1.800 € al año por causante. En fecha 17 de abril de 2007 el recurrente formuló solicitud de ayuda por...

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