STSJ Comunidad de Madrid 328/2006, 16 de Mayo de 2006

PonenteBENEDICTO CEA AYALA
ECLIES:TSJM:2006:4959
Número de Recurso603/2006
Número de Resolución328/2006
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

ENRIQUE JUANES FRAGAMANUEL POVES ROJASBENEDICTO CEA AYALA

RSU 0000603/2006

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 00328/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6

MADRID

C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27

Tfno. : 91.319.92.31

N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001

40126

ROLLO Nº: RSU 603-06

TIPO DE PROCEDIMIENTO: DESPIDO

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 31 de MADRID

Autos de Origen: DEMANDA 417-2005

RECURRENTE/S: TRANSCOM WORLDWIDE SPAIN S.L., (GESTEL GESTIÓN TELEFÓNICA,

S.A.)

RECURRIDO/S: DON Gregorio, KEEKOROK CONSULTING S.L.

Y BROADNET CONSORCIO S.A.

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En MADRID, a dieciséis de mayo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON MANUEL POVES ROJAS, DON BENEDICTO CEA AYALA, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº

En el recurso de suplicación nº 603-06 interpuesto por el Letrado DON FERNANDO RODRÍGUEZ DE RIVERA Y MORÓN, en nombre y representación de TRANSCOM WORLDWIDE SPAIN S.L.(GESTEL GESTIÓN TELEFÓNICA, S.A.), contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 31 de los de MADRID, de fecha VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL CINCO , ha sido Ponente el Ilmo Sr. D.BENEDICTO CEA AYALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 417-2005 del Juzgado de lo Social nº 31 de los de Madrid , se presentó demanda por DON Gregorio contra TRANSCOM WORLDWIDE SPAIN S.L., (GESTEL GESTIÓN TELEFÓNICA, S.A.), KEEKOROK CONSULTING S.L. Y BROADNET CONSORCIO S.A., en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL CINCO , cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"que estimando íntegramente la demanda interpuesta por DON Gregorio contra TRANSCOM WORLDWIDE SPAIN, S.L. (GESTEL GESTION TELEFONICA, S.A.), KEEKOROK CONSULTING, S.L. y BROADNET CONSORCIO, S.A., previa declaración de la concurrencia de cesión ilegal, vengo a declarar la improcedencia del Despido practicado condenando a las codemandadas solidariamente a que a su opción, readmitan al trabajador despedido en las mismas condiciones legales vigentes con anterioridad al Despido o le indemnicen en la suma de TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UN EUROS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS DE EURO, abonándole además los salarios de tramitación devengados desde el día siguiente al Despido a la fecha de notificación de esta Sentencia si optaren por indemnizar y a la de la readmisión si optaren en dicho sentido. La expresada opción deberá efectuarse, por escrito a la notificación de la Sentencia. Caso de no efectuarse en tiempo y forma se entenderá que optan por readmitir al trabajador demandante. Póngase la presente Sentencia en conocimiento del Ministerio Fiscal y de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social."

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "1°.- Presta el actor ininterrumpidamente sus servicios por cuenta de las mercantiles demandadas, en la forma y tiempos que se concretarán, desde el día 18 de marzo de 2003, con categoría profesional de oficial de la y un salario mensual total último de 1.110,83 euros.

  1. - Que fue contratado inicialmente con la categoría de Promotor comercial por TRANSCOM WW SPAIN SL en virtud de contrato de trabajo para obra o servicio determinado. El objeto del contrato que se extinguió formalmente el día 31 de Diciembre de 2004 en virtud de comunicación al actor de fecha 30 de Diciembre, era la "promoción y venta de los productos del servicio Broadnet, según contrato de prestación de servicios firmado entre Gestel Gestión Telefónica, anterior denominación de Transcom, y Broadnet Consorcio e1 día 23 de mayo de 2002. La duración del contrato es anual y prorrogable por idénticos períodos". En dicha comunicación se alega finalización. Con fecha 1 de Enero de 2005, se concertó contrato de trabajo entre el actor con KEEKOROK SL por una duración determinada por obra o servicio determinados que se definen en la estipulación sexta de dicho instrumento como "atender las exigencias circunstanciales del mercado consistentes, acumulación de tareas o exceso de pedidos, consistentes en Administrativo Soporte Zona en Cliente", aún tratándose de la actividad normal de la Empresa". 3°.- El demandante durante la vigencia de ambos contratos ha sido ocupado en las siguientes funciones: I) Creación y actualización de informes diarios - Ventas (Informe de las ventas efectuadas por el departamento comercial de Madrid de Broadnet durante el mes en curso). - Instalaciones (Informe de las instalaciones efectuadas por el departamento de Instalaciones de Broadnet realizadas en Madrid). - Back Log (Informe de las Ventas efectuadas por el departamento comercial de Madrid de Broadnet, que quedan pendiente de Instalar). - Bajas (Informe de servicios de clientes de Madrid de Broadnet, que dan de baja alguno de sus servicios). - Cancelaciones (Informe de contratos de clientes de Madrid, que se cancelan por no poderse instalar). - Instalaciones 2 (Informe de las instalaciones efectuadas respecto a la previsión facilitada al Director regional del Departamento comercial en Madrid. 2) Comparación de los informes de ventas e instalaciones con los informes que realiza la responsable de inteligencia de Ventas (Nuria Moreno), para comprobar que los datos son correctos o efectuar los cambios pertinentes en la aplicación informática (MBoss), en el caso de que no sean correctos. 3) Cálculo de la facturación mensual de los clientes del área de Madrid de Broadnet a principios y finales de cada mes. 4) Recepción y reparto de oportunidades de ventas para los comerciales. Desde una plataforma de telemarketing,se reciben los datos de los clientes que desean consultar o contratar algún servicio. Estas ofertas se distribuyen a los comerciales. 5) Actualización y creación de registros en la aplicación informática MBoss. Cada vez que se produce una venta, era necesario introducir una gran cantidad de datos en la aplicación MBoss puesto que es a través de esta aplicación desde la que se efectúan los pasos necesarios para que un contrato se ponga en funcionamiento. 6) Revisión de las mejores ofertas de los comerciales y comparación con el último informe de ofertas del departamento de inteligencia de ventas (Nuria Moreno), para la actualización de dicho informe. 7) Cálculo del importe mensual a facturar a los hoteles a través de la aplicación BBSM. 4°.- Las expresadas funciones las realizaba en todo el momento en el centro de trabajo de Broadnet, con medios materiales de ésta (mesa, silla y ordenador) y bajo la dirección de personal de la misma y en particular de Don Arturo, Director comercial de Madrid de Broadnet. La participación en la relación jurídica trilateral de Transcom y de Keekorok se limitaba a la confección y abono de las nóminas y el ingreso de la cotización, así mismo, cuando menos esta última, ponían a disposición de los trabajadores "cheques de comida". 5°.- Transcom pertenece a1 ámbito objetivo de aplicación del 'Convenio de Empresas de...

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