ATSJ Comunidad de Madrid 203/2008, 21 de Julio de 2008

PonenteANGELES HUET DE SANDE
ECLIES:TSJMAD:2008:564A
Número de Recurso151/2007
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución203/2008
Fecha de Resolución21 de Julio de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

AUTO: 00203/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección : 009

MADRID

00435

GENERAL CASTAÑOS 1

Número de Identificación Único: 28079 3 0066993 /2007

Procedimiento:

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000151 /2007

Sobre RESPONS. PATRIMONIAL DE LA ADMON.

De Dña. Maribel, Y OTROS

Representante: PROCURADOR D. MANUEL DE BENITO OTEO

Contra: COMUNIDAD DE MADRID, QBE INSURANCE QBE INSURANCE

Representante: LETRADO COMUNIDAD DE MADRID, PROCURADOR D. FRANCISCO ABAJO ABRIL

AUTO 203

ILMO.SR PRESIDENTE:

RAMON VERON OLARTE.

ILMOS.SRES.MAGISTRADOS: ANGELES HUET DE SANDE

JUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU En MADRID, a veintiuno de Julio de dos mil ocho.

Dada cuenta; el precedente escrito presentado por el Letrado de la Comunidad de Madrid, únase a los autos de su

razón. SE tienen por efectuadas las manifestaciones que contiene.

Igualmente, únase el escrito presentado en fecha 7 de mayo de 2008 por el pdro.Sr. Abajo Abril. Se tiene por personado a dicho Procurador en nombre y representación de la entidad QBE INSURANDE (EUROPE)LTD., como parte codemandada

desde el momento de su personación, sin que haya lugar a retrotraer las actuaciones. Y,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso - administrativo número 151/2007, interpuesto por el Procurador Sr. Benito Oteo, en nombre y representación de Dña. Maribel, y otros, contra el Servicio Madrileño de Salud, en procedimiento de reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración, por la parte recurrente se presentó escrito desistiendo y apartándose de la prosecución de este procedimiento.

SEGUNDO

Se acordó oir a las demás partes personadas en ese momento, por plazo de cinco días, con el resultado que obra en Autos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Concurriendo en el caso presente los requisitos establecidos en los apartados 2 y 3 del art. 74 de la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa, y de conformidad con lo que determina el nº 8 del citado artículo, procede tener por desistido y apartado de la prosecución de este recurso a los recurrentes Dña. Maribel, Dña. Virginia, Dña. Marí Trini y D. Jesús Luis .

SEGUNDO

No se hace pronunciamiento sobre costas -artículo 139.1 LJCA -. Vistos los artículos citados y...

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