STSJ Navarra 627/2009, 30 de Octubre de 2009

PonenteANTONIO RUBIO PEREZ
ECLIES:TSJNA:2009:841
Número de Recurso671/2008
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución627/2009
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº 627/2009

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE,

D. JOAQUÍN Mª MIQUELEIZ BRONTE

MAGISTRADOS,

D. IGNACIO MERINO ZALBA

D. ANTONIO RUBIO PEREZ.

En Pamplona/Iruña, a treinta de octubre de dos mil nueve.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del Recurso nº 671/2008 promovido contra Desestimación, por silencio administrativo, de los recursos de alzada interpuestos con fecha de 21 de febrero de 2008, contra la Resolución 71/2008, de 7 de enero, del Director General de Función Pública siendo en ello partes: como recurrentes Javier y José, representados por el Procurador D. RAFAEL ORTEGA YAGÜE y dirigido por el Letrado D. JUAN CARLOS LASA SALAMERO; y, como demandado, el DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR representado y defendido por el SR. ASESOR JURIDICO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tras los oportunos trámites procesales, mediante escrito presentado el 20 de febrero de 2009 se formalizó la demanda correspondiente al recurso del encabezamiento en suplica, de que se "dicte sentencia por la que se estime el recurso interpuesto por D. Javier, y D. José contra la desestimación por silencio administrativo efectuada por el GOBIERNO DE NAVARRA de los Recursos de Alzada interpuestos con fecha de 21 de febrero de 2008 contra la Resolución 71/2008 de 7 de enero, del Director General de la Función Pública por la que se resuelve "Determinar la imposibilidad de nombrar a don Javier y a don José, por no haber acreditado estar en posesión de cualquiera de los títulos exigidos en la convocatoria" y la extemporal Orden Foral 11/2009 de / de enero, anulándolos y dejándolos sin efecto, declarando el derecho de D. Javier y D. José a que se les efectúe el nombramiento propuesto por el Tribunal Calificador con fecha de 2 de julio de 2007 para ocupar puesto de OFICIAL DE MANTENIMIENTO, conforme a la Resolución 2363/2006 de 25 de septiembre del Director General de Función Pública, condenado a la administración a estar y pasar por tal declaración y a dictar resolución acordando dicho nombramiento."

SEGUNDO

Efectuado el traslado correspondiente, por escrito presentado el 31 de marzo de 2009 se opuso a la demanda la Administración demandada.

TERCERO

Solicitado el recibimiento a prueba, se practicó con el resultado que en autos consta la propuesta y admitida; y, evacuado el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo que tuvo lugar el pasado día 27 de octubre de 2009; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PEREZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Los recurrentes superaron la oposición convocada el 25-9-2006 para la provisión de 3 plazas de Oficial de Mantenimiento siendo propuestos por el Tribunal Calificador para la cobertura de dos de aquéllas 3 plazas. Presentada la documentación pertinente, la Directora del Servicio de Personal entendió que los títulos presentados no eran ninguno de los exigidos en la convocatoria y, no atendido el requerimiento efectuado al respecto, la Resolución de 7 de enero, luego ratificada por la O.F. 11/2009, determinó la imposibilidad de nombrarlos para aquellos puestos.

Tal es la actividad impugnada en este contencioso.

SEGUNDO

La convocatoria estableció como "requisito de los aspirantes en el ap. C) del apartado

2.1.1. "Estar en posesión del Título de...

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