STSJ Castilla-La Mancha 288/2010, 27 de Septiembre de 2010

PonentePASCUAL MARTINEZ ESPIN
ECLIES:TSJCLM:2010:3168
Número de Recurso183/2009
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución288/2010
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.2

ALBACETE

SENTENCIA: 10288/2010

Recurso Apelación núm. 183 de 2009

Albacete

S E N T E N C I A Nº 288

SALA DE LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmos. Sres.:

Presidenta:

Dª Raquel Iranzo Prades

Magistrados:

D. Jaime Lozano Ibáñez

D. Miguel Ángel Pérez Yuste

D. Miguel Ángel Narváez Bermejo

D. Pascual Martínez Espín

En Albacete, a veintisiete de septiembre de dos mil diez.

Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos número 183/09 del recurso de Apelación seguido a instancia de DÑA. Pura, en su propio nombre y derecho, contra la CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, dirigida por el Letrado de la Junta, sobre PERSONAL (ADSCRIPCIÓN A GRUPO); siendo Ponente el Itmo. Sr. Magistrado D. Pascual Martínez Espín.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se apela la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Albacete, de fecha 30-03-09, número 92/09, recaída en los autos del recurso contencioso-administrativo número 420/08. Dicha sentencia contiene el siguiente fallo:

"1.- Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Dª. Pura contra la Resolución de 30 de julio de 2008, de la Consejera de Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de 10 de marzo de 2008 de la Dirección General de la Función Pública, por la que se desestima su pretensión de autorizar al órgano competente de la Administración General del Estado para que le adjudique un puesto de trabajo en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha tras la superación de un proceso selectivo, para el acceso por el sistema de promoción interna en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

  1. - No procede especial declaración sobre las costas del procedimiento".

SEGUNDO

El recurrente interpuso recurso de apelación alegando que concurrían las circunstancias para que fuera estimado el mismo.

TERCERO

El apelado se opuso señalando el acierto y corrección de la sentencia apelada.

CUARTO

Recibidos los autos en esta Sala, se formó el correspondiente rollo de apelación, y no habiéndose opuesto la inadmisibilidad del recurso ni solicitado prueba, se señalo votación y fallo para el día 9 de septiembre 2010; llevada a cabo la misma, quedaron los autos vistos para dictar la correspondiente sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se apela la sentencia n. 92 de fecha 30 de marzo de 2009 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n. 1 de Albacete que desestimó el recurso interpuesto por la actora de su pretensión de que se le adjudique un puesto de trabajo en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha del Grupo C tras haber superado un proceso selectivo para el acceso por el sistema de promoción interna en el Cuerpo General de la Administración del Estado, al no existir normativa que ampare dicha pretensión.

SEGUNDO

La actora es funcionaria de carrera en el Cuerpo Auxiliar de la Administración del Estado, transferida a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha pro Real Decreto de 881/1985, de 25 de...

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