STSJ Navarra , 8 de Octubre de 1997

PonenteIGNACIO MERINO ZALBA
Número de Recurso683/1994
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 1997
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

Iltmos. Sres.:

Presidente, D. Joaquín Mª Miqueleiz Bronte Magistrados, D. Ignacio Merino Zalba D. Juan Pedro Quintana Carretero En Pamplona, a ocho de Octubre de mil novecientos noventa y siete.

Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso Nº 683/94 promovido contra la resolución del Iltmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Asuntos Sociales dictada con fecha 30 de Mayo de 1.994, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de 4 de Febrero de 1.994, desestimatoria a su vez del recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 14 de Diciembre de 1.993, de la Comisión de Selección de Cantabria, por la que se hizo pública la relación de aspirantes aprobados en el proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral fijo de nuevo ingreso en el Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO), siendo en ello partes: como Recurrente DÑA Julieta , representada y dirigida por el Ltdo. SR. DONAMARIA como Demandado LA ADMINISTRACION, representada y dirigida por el ABOGADO DEL ESTADO, como Codemandado DÑA. Frida , DÑA. Marta , DÑA. Sofía , DÑA. María Virtudes , D. Serafin , DÑA. Cecilia Y DÑA. Filomena , representados y dirigidos por el ltdo.SR. COLIO SALAS.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el presente contencioso se impugnan las resoluciones reseñadas en el encabezamiento que precede, solicitándose su nulidad por hallarlas en disconformidad al Ordenamiento Jurídico, según los razonamientos que luego serán objeto de estudio.

SEGUNDO

La Abogacía del Estado y los codemandados se oponen a todo ello sustentando la legalidad de los acuerdos impugnados, siguiendo la línea marcada por las resoluciones impugnadas en vía administrativa y en atención a las razones que da en sus escritos correspondientes que constan a disposición de las partes y que no vamos a reproducir para evitar inútiles reiteraciones, ya que, también a continuación van a ser objeto de estudio.

TERCERO

Seguido el pleito por todos sus trámites se entregaron al Iltmo. Sr. Magistrado Ponente para señalamiento en votación y fallo, el que tuvo lugar el día 1 de Octubre de 1.997.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Ignacio Merino Zalba.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como se ha visto en el encabezamiento y en los antecedentes de hecho de esta sentencia, se está recurriendo aquí y ahora una resolución dictada originariamente por la Comisión de Selección de Cantabria designada en aquella región para llevar a cabo el proceso de Selección para Cubrir Plazas de Personal Laboral Fijo del Instituto Nacional de Servicios Sociales, según resolución del 31 de Mayo de...

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