STSJ Galicia , 9 de Diciembre de 1997
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ |
Número de Recurso | 761/1995 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 9 de Diciembre de 1997 |
Emisor | Sala de lo Social |
Doña María Socorro Bazarra Vareta, Secretaria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
CERTIFICO: Que en el recurro de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado pro esta Sala la siguiente resolución:
Recurso n° 761-95 (RF)
Ilmo Sr. D. Ricardo Ron Curiel PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Luis F. de Castro Fernández Ilmo. Sr. D. Antonio José García Amor La Coruña, a nueve de diciembre de mil novecientos noventa y siete.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación n° 761-95 interpuesto por D. Jose Enrique contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm dos de Lugo siendo Ponente el fimo. Sr. D, Luis F. de Castro Fernández .
Que según consta en autos n° 528-94 se presentó demanda por D. Jose Enrique en reclamación de invalidez siendo demandado el INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA, el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 2 de diciembre de 1994 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1 °.- El actor, Jose Enrique , tuyas circunstancias personales figuran en el encabezamiento de la demanda, nacido el día 8 de octubre de 1.949, y afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 , como trabajador por cuenta ajena del Régimen Especial del Mar, vino desempeñando la actividad de marinero, estando la patronal al corriente de las cuotas y acreditando un periodo de cotización que la Entidad Gestora considera suficiente para lucrar la pensión que interesa.- 2°.- Iniciadas actuaciones en materia de incapacidad permanente, recayó Resolución de la Dirección Provincial del I.N.S.S., que tuvo salida del mismo el 1 de julio de 1.994. por la que se declara que el actor está afectado de invalidez permanente en grado de Absoluta para todo trabajo, derivada de enfermedad común, con derecho a percibir la pensión del 100 % de su base reguladora de 68.947 pesetas con efectos del 243 de enero de 1.994.- Contra dicha Resolución interpuso reclamación previa a la vía judicial el día 14-4-94, que fue desestimada por acuerdo del 1 de julio de 1,994, contra el que se formuló la demanda rectora del presente proceso.- 3°.- Presenta el actor neoplasia epidermoide pulmonar. EPOC. Hernia discal intervenida. Neumotorax espontáneo derecho.
Tuberculosis pulmonar antigua inactiva. Debilidad y deterioro general por el tratamiento oncológico.- 4°.- La base reguladora para las prestaciones que se reclaman asciende a 48.947 pesetas mensuales.- 5°.- En la tramitación del presente proceso...
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