STSJ Galicia , 28 de Noviembre de 1997

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
Número de Recurso56/1995
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 1997
EmisorSala de lo Social

Doña María Socorro Bazarra Varela, Secretaria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

CERTIFICO.- Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:

Recurso n° 56-95 (MCV)

Ilmo. Sr. D. Ricardo Ron Curiel PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Luis F. de Castro Fernández Ilmo. Sr. D. Antonio José García Amor La Coruña, a 28 de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación n° 56-95 interpuesto por Dª. Mariana e Instituto Nacional de la Seguridad Social contra la sentencia del Juzgado de lo Social Ferrol siendo Ponente

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos n° 607-94 se presentó demanda por Dª. Mariana en reclamación de Invalidez siendo demandado el Instituto Nacional de la Seguridad Social en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 14 de octubre de 1994 por el Juzgado de referencia que estimó en parte la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- La demandante Dª. Mariana nacida en Neda [La Coruña) en día 23 de septiembre de 1934 y cuyos demás datos personales constan en autos figura afiliada al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social con el n° NUM000 siendo su profesión habitual la de labradora.- SEGUNDO.- En fecha 22 de noviembre de 1993 se presentó solicitud de prestación de invalidez permanente incoándose el correspondiente expediente administrativo del que obra testimonio en autos y se tiene aquí por reproducido en su integridad, en el que se resolvió por acuerdo de 18 de febrero de 1994 denegarle la prestación solicitada. Contra dicho Acuerdo denegatorio formuló la actora escrito de reclamación previa, desestimada por resolución de 21 de abril siguiente.- TERCERO.- La demandante presenta: Cervicoartrosis. Periartritis escapulo humeral. Discreta gonartrosis bilateral. Bronquitis crónica. Prueba respiratoria de 12/93 dentro de la normalidad.- CUARTO.- La base reguladora asciende a 55.828 pesetas mensuales.- QUINTO.- La demandante acredita 5.114 días cotizados con anterioridad a la solicitud."

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:

Que estimando en parte la demanda deducida por Dª. Mariana contra INSS debo declarar y declaro que la demandante se encuentra en situación constitutiva de invalidez permanente en el grado de incapacidad permanente parcial para su profesión habitual de labradora por enfermedad común, con derecho a percibir una cantidad a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora de 55.828 pesetas condenando a la parte demandada a abonársela con los aumentos, mejoras, revalorizaciones y efectos económicos correspondientes desde la fecha del dictamen de la U.V.M.I. CUARTO.- Contra dicha...

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