STSJ Cantabria , 20 de Enero de 1997

PonenteFRANCISCO MARTINEZ CIMIANO
Número de Recurso1441/1996
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Enero de 1997
EmisorSala de lo Social

Sentencia Núm. 43/98.

Rec. Núm. 1.441/96.

Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Iltmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Iltma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias Santander, veinte de enero de mil novecientos noventa y siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Millán contra la sentencia aletada por el Juzgado de lo Social número Dos de Santander, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro siendo demandado D. Millán sobre prestación, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en 23 de julio de 1.996 en los términos que se recogen en su parte dispositiva,

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon Los siguientes:

  1. - El demandado, D. Millán , afiliado a la Seguridad Social con el número 39/0214687, en el Régimen Especial Agrario por cuenta propia, solicitó el 5-8-1.994 pensión de jubilación que le es concedida por resolución del INSS de fecha 18-8-1.994 con cargo al Régimen General de la Seguridad Social al acreditar cotizaciones al Mutualismo Laboral anteriores al mes de enero de 1.967 y serle de aplicación el cómputo recíproco de cotizaciones y con efectos desde el 1-8-1.994.

  2. - El demandado tiene descubiertos en las cotizaciones al Régimen Especial Agrario correspondientes a los períodos enero y febrero de 1.989 y mayo 1.991 a diciembre de 1.993.

  3. - Con fecha 28-6-1.995 el INSS informa al demandado de la iniciación de un expediente de revisión de oficio de la prestación de jubilación que viene percibiendo.

    4.- El 27-7-1.995 el actor presentó escrito ante el INSS acompañando justificantes de pago de fecha 14-2-1.995 de las cotizaciones correspondientes al período enero febrero de 1.989 y mayo diciembre de 1.991.

  4. - El demandado igualmente nº abonado el 5-6-1.996 el periodo de descubierto correspondiente a enero-junio de 1.992.

  5. El actor percibe una pensión de jubilación que asciende a 46.635 pts mensuales.

  6. - La Entidad Gestora solicita la anulación del acto administrativo de 18-8-94 por el que se concedió al demandado pensión de jubilación con cómputo recíproco de cotizaciones reclama la totalidad de lo percibido por tal concepto que asciende a la cantidad de 1.216.145 pesetas a 30-6- 1.996.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, no siendo impugnado por La parte contraria, pasándose los autos a Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la...

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