STSJ Castilla y León , 16 de Diciembre de 1997

PonenteJUAN ANTONIO ALVAREZ ANLLO
Número de Recurso1427/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 1997
EmisorSala de lo Social

Recurso Nº:. 1427/97 Ilmos. Sres:

D. José Méndez Holgado Presidente D. Juan Antonio Alvarez Anllo D. Lope del Barrio Gutiérrez En Valladolid a dieciséis de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos Sres anteriormente citados, ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 1.427/97, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Tres de Valladolid, de fecha 21 de Abril de 1.997 [autos n ° 166/97 ], dictada a virtud de demanda promovida por Dª Rosario contra las Entidades Gestoras recurrentes sobre IMPUGNACION BAJA EN RETA.

Ha actuado como ponente el lloro Sr. DON Juan Antonio Alvarez Anllo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13 de Marzo de 1.997, se presente en el Juzgado de lo Social núm. Tres de Valladolid, demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictas sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia estimando parcialmente referida demanda.

SEGUNDO

En referida sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes "PRIMERO.- La actora D°. Rosario , mayor de edad y cuyas demás circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, está afiliada al Régimen Especial de la Seguridad social de Trabajadores Autónomos con el n° NUM000 , desde el 2-12-1985, estando al corriente en el pago de sus cotizaciones.- SEGUNDO.- La actora regentaba un establecimiento de carnicería.- TERCERO.- Según informe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad social de fecha 20-3-1.996 la actora no realiza de forma habitual, personal y directa la actividad de establecimiento de carnicería desde marzo de 1.989. - CUARTO.- Con fecha 15-11-1996 se dictó resolución por la Tesorería General de la Seguridad Social en la que se acordó formalizar de oficio la baja de la actora en el R.E.T.A. con efectos reales 1-4-89 y efectos 1-4-1996.- QUINTO.- La actora formuló reclamación previa con fecha 27-12-1996 que fue desestimada mediante resolución de fecha 24-1-1.997.- SEXTO.- Con fecha 12-3-1997 se presentó demanda ante el Juzgado Decano que fue turnada a este Juzgado.".-

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