STSJ Andalucía , 20 de Octubre de 1997
Ponente | MARIA LUISA ALEJANDRE DURAN |
Número de Recurso | 1134/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Octubre de 1997 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA Recurso número 1134/1996 SENTENCIA 1.330 Ilmo. Sr. Presidente Don Santiago Martínez Vares Garcia Ilmos. Sres. Magistrados Don Francisco José Gutiérrez del Manzano Doña María Luisa Alejandre Durán En la ciudad de Sevilla, a veinte de octubre de mil novecientos noventa y siete. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso número 1134/1996, interpuesto por Dª. Antonia , representada por el Procurador D. Antonio Pan Cuevas y defendido por el Letrado Dª. Rocío Moreno Pacheco, contra resolución de la DELEGACION DEL GOBIERNO EN CEUTA (MINISTERIO DEL INTERIOR), representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.
Es Ponente la Ilma. Sra. Dª. María Luisa Alejandre Durán .
El recurso se interpuso el día 15 de mayo de 1996 contra Resolución dictada en expediente sancionador seguido contra la recurrente.
En la demanda, la parte actora solicitó de la Sala se dicte sentencia anulando la resolución impugnada, con los demás pronunciamientos de constancia, instando por medio de otrosí el recibimiento del pleito a prueba.
En su contestación, la parte demandada solicitó se dicte sentencia desestimando íntegramente el recurso interpuesto.
Denegado el recibimiento a prueba por las razones en su momento expuestas, se requirió a las partes para que presentasen el escrito de conclusiones que determina el articulo 78 L.J.C.A ., evacuando dicho trámite mediante los correspondientes escritos, en los que ratifican sus pretensiones.
Señalado el día 14 de octubre de 1997 paré la votación y Fallo del presente recurso, ha tenido efecto en el designado, habiéndose observado las prescripciones legales.
Se debate en este proceso, la conformidad a Derecho de la Resolución del Ministerio de Justicia e Interior de 15 de abril de 1996, desestimatoria del recurso ordinario deducido frente a la del Delegado del Gobierno en Ceuta de 13 de noviembre de 1995 que impuso la sanción de 400.000 pesetas por infracción al artículo 25 de la Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero .
La recurrente además de negar rotundamente los hechos imputados (portar en su bolsa de viaje 60 gr de resida de haschis) insta la...
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STS, 28 de Septiembre de 1998
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