STSJ Comunidad de Madrid , 14 de Octubre de 1997
Ponente | JOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO |
Número de Recurso | 35/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 1997 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso núm. 35/96 Ponente Sr. José Ignacio Zarzalejos Burguillo TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEXTA S E N T E N C I A núm. 1303 Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Carlos Vieites Pérez Magistrados:
Dª Mª Teresa Delgado Velasco D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo D. Jesús Cudero Blas D. Francisco de la Peña Elías En la villa de Madrid a catorce de octubre de mil novecientos noventa y siete.
VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm., 35/96, interpuesto por el Letrado Sr. Serra Comella, en nombre y representación de D. Jose Miguel , contra la resolución de fecha 1 de septiembre de 1995 de la Mutualidad General de Funcionarias Civiles del Estado que acordó la baja del interesado cómo mutualista voluntario y le reclamo el pago de 164.318 pesetas, así como frente a la de 8 de noviembre de 1995 del Ministerio para las Administraciones Públicas que desestima el recurso ordinario deducido contra aquélla; habiendo sido parte la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y, seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estima de aplicación, suplicaba se dicte sentencia por la que se declare nula la resolución recurrida.
El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte sentencia que confirme en todos sus extremos la resolución recurrida.
Finalizada la tramitación, para votación y Fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 13 de octubre de 1997, teniendo así lugar.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo, que expresa el parecer de la Sala.
El presente recurso tiene por, objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la resolución de fecha 1 de septiembre de 1995 de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), confirmada por la de 8 de noviembre del: mismo año del Ministerio para las Administraciones Públicas, que acordó la baja del hoy demandante cómo mutualista voluntario reclamándole al propio tiempo el abono de 164.318 pesetas en concepto de cuotas impagadas y recargo.
Son hechos relevantes para la solución del tema debatido, acreditados documentalmente, los siguientes:
1) El actor, funcionario con destino en la Caja Postal, pasó a la situación de excedencia voluntaria al convertirse...
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STSJ Andalucía , 18 de Marzo de 2002
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