STSJ Comunidad de Madrid , 21 de Enero de 1997

PonenteMANUEL AVILA ROMERO
Número de Recurso2949/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución21 de Enero de 1997
EmisorSala de lo Social

Recurso número 2949/97 Sección PRIMERA P.Z SENTENCIA NUMERO 54/98 Ilmo. Sr. D. Manuel Avila Romero Presidente Ilmo. Sr. D. Manuel Poves Rojas Ilma. Sra. Dª Concepción R. Ureste García En Madrid, a VEINTIUNO DE ENERO de mil novecientos noventa y siete.

La Sala de la Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen y, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación número 2949/97, Sección PRIMERA interpuesto por DOÑA Inmaculada Y OTRO frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social NUMERO TREINTA Y SIETE DE LOS DE MADRID , de fecha CINCO PF. DICIEMBRE, de mil novecientos noventa y seis ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Manuel Avila Romero

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, ton número de autos 752/96 Y 758/96 tuvo entrada demanda suscrita por DOÑA Inmaculada Y OTRO contra LEON SA. Y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL en reclamación sobre RESOLUCIÓN DF CONTRATO admitida la demanda a trámite y celebrado el Juicio, se dictó resolución con fecha CINCO DE DICIEMBRE, mil novecientos noventa y seis, cuyo fallo consta en su parte dispositiva.

SECUNDO.- En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaraban los siguientes:

PRIMERO

Los demandantes han venido prestando servicios por cuenta y orden de la empresa LEÓN 26, S.A., mediante contratos indefinidos con las siguientes antigüedades, categorías y salarios:

Inmaculada : 23-1-89; encargada; 175.477 pesetas mensuales con prorrata de pagas extras..

Alejandro : 16-9-71; encargado; 170.050 pesetas mensuales más 22.689 pesetas como prorrata de pagas extras.

SEGUNDO

La empresa demandada adeuda a los demandantes las cantidades siguientes:

Alejandro :

Septiembre 1996............40.000 pesetas Octubre 1996..............140.000 pesetas Atrasos pago aplazado:....152.289 pesetas Inmaculada :

Septiembre 1996......... 130.000 pesetas Octubre 1996.............130.000 pesetas Atrasos pago aplazado:...187.687 pesetas En noviembre de 1995, la empresa puso en conocimiento de todo su personal, que abonaría los salarios con un mes de retraso y así lo ha venido haciendo sin que hasta el presente, ningún trabajador discutiera tal decisión empresarial fundada en las circunstancias económicas aducidas por la empresa como causa de tal mora.

Ante el Juzgado de lo Social 19 de los de Madrid, y en reclamación por comisiones referidas a los años 1993 a 1995, se llegó a una conciliación en la que, en función de las circunstancias económicas por las que atraviesa la empresa, se pactó su pago de enero a diciembre de 1997.

En el mes de agosto de 1996, la empresa atravesó momentáneamente por una fase de iliquidez dineraria, en función de un embargo despachado por Hacienda y Seguridad Social.

El...

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