STSJ Comunidad de Madrid , 15 de Enero de 1997
Ponente | JOSE HERSILIO RUIZ LANZUELA |
Número de Recurso | 4076/1997 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 15 de Enero de 1997 |
Emisor | Sala de lo Social |
Recurso nº 4076/97 VA AUTO DE ACLARACIÓN ILMO. SR. D. JOSÉ MALPARTIDA MORANO PRESIDENTE ILMO. SR. D. JOSÉ HERSILIO RUIZ LANZUELA ILMO. SR. D. JOSÉ JOAQUÍN JIMÉNEZ SÁNCHEZ.
Madrid, quince de enero de mil novecientos noventa y ocho.
La Sala de lo Social de Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres.
citados al margen EN NOMBRE DEL REY ha dictado el siguiente AUTO
ÚNICO.- Con fecha 5 de enero de 1.998, tuvo entrada en esta Sala de lo Social, escrito formulando recurso de aclaración por la entidad mercantil HENALZA, S.L., - representada por el Letrado D. LUIS ORTEGO CASTAÑEDA, en autos seguidos ante el Juzgado de lo Social nº 23 de Madrid, en el que solicitaba aclaración de la resolución dictada (por esta Sala de lo Social de fecha 4 de diciembre de 1.997 , en el sentido de que se subsane el error expuesto en el citado escrito.
VISTO siendo Ponente el Ilmo. SR. D. JOSÉ HERSILIO RUIZ LANZUELA.
ÚNICO.- La falta de pronunciamientos sobre abono de honorario al Letrado de la parte recurrida cuando se dan, como en el presente caso, los condicionamientos señalados en el artículo 233 - 1 de la Ley de Procedimiento Laboral , constituye una omisión que puede ser subsanada por la vía de aclaración que autoriza el artículo 267.1. de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
LA SALA RESUELVE Subsanar la omisión de la parte dispositiva de la sentencia en el sentido de imponer a la parte recurrente el abono de honorarios al Letrado de la recurrida en cuantía de 25,000 pesetas.
Notifíquese la presente resolución a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y asimismo notifíquese a las partes y líbrese certificado de la misma para su unión al rollo de su razón, incorporándose su original al correspondiente libro de sentencias.
Así, por este nuestro auto, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
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