STSJ Galicia , 9 de Octubre de 1998

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
Número de Recurso1881/1996
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Octubre de 1998
EmisorSala de lo Social

Recurso n° 1881/96 CAP ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMO SR. D. ANTONIO JOSÉ GARCÍA AMOR A Coruña, a Nueve de Octubre de mil novecientos noventa y ocho La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación n° 1881/96 interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Lugo siendo

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos n° 78/96 se presentó demanda por Dª. Sandra en reclamación de INVALIDEZ siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en su día se celebró acta de vista habiéndose dictado sentencia con fecha 7 de Febrero de 1996 por el Juzgado de referencia que ESTIMO la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1°.- La actora nacida en 13.9.41, se halla afiliada al régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, y a consecuencia de las dolencias que padece, solicitó del Organismo demandado en 10.5.95 pensión de incapacidad permanente, que le fue rechazada por la Administración por considerarla no incursa en situación de invalidez permanente en ninguno de sus grados legales: resolución contra la que interpuso reclamación previa que igualmente fue rechazada por idénticos motivos./ 2º.- La actora, sin embargo padece las siguientes dolencias: Enfermedad lumbar severa, crónica que cursa con dolor, limitación de movimientos contractura y manifestaciones radiculares en extremidades inferiores (síndrome ciático crónico); en la exploración física acusa dolor bajo las maniobras en movilización y carga dorsolumbar; en el examen de reflejos osteotendinosos se observa disminución de respuesta para ambos aqúileos: en la exploración instrumental se aprecia: RX lumbar: espondilosis lumbar múltiple L3-L4, L4-L5 y artrosis severa a nivel L2-L3. con intenso pinzamiento y osteofitosis severa a nivel L2-L3. con intenso pinzamiento y osteofitos voluminosos; resonancia magnética: afectación discal múltiple y escalonada por hernia discal L4-L5, lateralizada a la izquierda protusión discal L2-L3 y protusión discal L3-L4; electroneuromiografia:

signos de afectación radicular bilateral./3°.- La base reguladora es la de 58.579 ptas mes TERCERO.- Que la parte dispositiva d;° la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo: Se estima la demanda deducida por DOÑA Sandra . contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, declarando que la actora se encuentra en situación...

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