STSJ Galicia , 1 de Octubre de 1998
Ponente | JOSE MARIA ARROJO MARTINEZ |
Número de Recurso | 6074/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 1 de Octubre de 1998 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Rº 02 /0006074 /1996 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:
SENTENCIA Nº 833 1.998 Iltmos. Sres.
DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ. - PTE. DON CARLOS LOPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a uno de octubre de mil novecientos noventa y ocho.
.En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0006074 /1996. pende de resolución de esta Sala, interpuesto por D. Iván , representado y dirigido por Dña. Mª. VICTORIA LÓPEZ IGLESIAS, contra resoluciones de fechas 12 de julio de 1996 (número 036562 /96), 31 de julio de 1996 (035166 /96), 31 de julio de 1996 (035273 /96), y 31 de julio de 1996 (035168 /96), de la Dirección General de Política interior desestimatorias de los recursos ordinarios contra otras del Gobierno Civil de A Coruña. Es parte como demandada la DIRECCIÓN GENERAL de: POLÍTICA INTERIOR. - MINISTERIO del INTERIOR representada y dirigida por el ABOGADO del ESTADO. La cuantía del recurso es determinada, con un importe de 205.000 ptas.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativa presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.
Conferido traslado de la demanda a la representación de la. Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimo procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.
Denegado el recibimiento a prueba del presente recurso por la parte recurrente se interpuso recurso de súplica contra el Auto denegatorio de la prueba, y por Auto de fecha 3 de septiembre de 1997 la Sala acuerda desestimar el recurso.
Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día 24 de septiembre de 1998.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO: Siendo Ponente el Istmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.
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