STSJ Galicia , 29 de Septiembre de 1998

PonenteANTONIO JOSE GARCIA AMOR
Número de Recurso1574/1996
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 1998
EmisorSala de lo Social

Recurso núm. 1574/96 CON ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR A Coruña, a Veintinueve de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente .

SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1574/96 interpuesto por D. Marco Antonio contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 3 de A Coruña siendo Ponente el ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR .

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Que según consta en autos se presentó demanda por D. Marco Antonio en reclamación de INVALIDEZ siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 622/95 sentencia con fecha 11 de Enero de 1996 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"1°.- El demandante, D. Marco Antonio , nacido el 8.10.49, y cuyos demás datos personales constan en autos, figura aliado al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social con el n° NUM000 , siendo su profesión habitual la de labrador./ 2°.- El actor presentó solicitud de prestación de invalidez, incoándose el correspondiente expediente administrativo del que obra testimonio en autos y se tiene aquí por reproducido en su integridad, en el que se resolvió que el actor no se encontraba afecto de ningún grado de invalidez permanente./ 3°.- El demandante presenta: antecedentes de traumatismo vertebral y fracturas costales por caída sobre un pastor eléctrico hace unos dos años, a partir de los cuales manifiesta vértigo y leve hipoacusia. En estudio de RNM se excluyó proteso neoformativo ponto cerebeloso. Refiere asimismo otro accidente siendo un chico con fractura de esternón. No hizo el s militar por la vista y por su padre.

Actualmente manifiesta marcos y cefaleas. El examen neurológico cabe dentro de la normalidad. Análisis de sangre normales. Movilidad conservada. ROT presentes./ 4°.- La base reguladora asciende a la cantidad de 58.499.- pts. mensuales".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"

FALLO

Que desestimando la demanda deducida por D. Marco Antonio contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de los pedimentos de la misma".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

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