STSJ Galicia , 24 de Septiembre de 1998

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
Número de Recurso4107/1995
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 1998
EmisorSala de lo Social

Recurso n° 4107/95 CAP ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE .

ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMO. SR. D. ANTONIO JOSÉ GARCÍA AMOR A Coruña, a Veinticuatro de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación n° 4107/95 interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Uno de Ferrol siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos n° 97/75 se presentó demanda por Dª Juana en reclamación de DESEMPLEO MAYORES 52 AÑOS siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 23 de mayo de 1995 por el Juzgado de referencia que ESTIMÓ la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1°.- La demandante, Dª. Juana , nacida el día 11 de junio de 1940 y afiliada al régimen General de la Seguridad Social con el n°. NUM000 , solicitó del INEM con fecha 6 de abril de 1994 la prestación de subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Tramitado el expediente administrativo que obra en autos y se da aquí por reproducido en, su integridad, la Entidad demandada acordó por resolución de 4 de octubre de 1994. denegarle la prestación solicitada. Contra dicha resolución. formuló la demandante escrito de reclamación previa, la cual resultó desestimada por otra de fecha 23 de diciembre siguiente. 2°.- La demandante acredita 2.344 días cotizados a los Seguros Sociales Unificados en el período de 13.2.56 a 3.11.66, con diversas altas y bajas.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:

Estimo la demanda sobre subsidio por DESEMPLEO PARA MAYORES DE 52 AÑOS formulada por Dª.

Juana contra el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO y, en consecuencia, declaro que la actora tiene derecho a percibir la prestación del subsidio por desempleo para mayores de 52 años y condeno a dicho Instituto a que se lo abone en la cantidad correspondiente. Al mismo tiempo, absuelvo al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD...

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