STSJ Galicia , 10 de Junio de 1998

PonenteJOSE GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO
Número de Recurso571/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Junio de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0000571 /1995 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A N° 388 1998 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO MAGISTRADOS:

D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ D. RAMON SANTIAGO VALENCIA En La Ciudad de A Coruña, a diez de junio de mil novecientos noventa y ocho.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0000571 /1995, pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Rafael , representado y dirigido por el Abogado D. D/ña. EMILIO CARRAJO LORENZO, contra Acuerdo del Secretario de estado de Admón. Militar de 07.02.95 que desestima recurso ordinario sobre Declaración de no apto al recurrente en la prueba reconocimiento medico ingreso Guardia Civil. Es parte como demandada SECRETARIA DE ESTADO DE ADMINISTRACION MILITAR representada y dirigida par el ABOGADO DEL ESTADO; siendo la cuantía del recurso la de indeterminada .

RESULTANDO que admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencian oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: el interesado participó como aspirante a plaza restringida para Guardias Auxiliares, pertenecientes al 2°, 3° y 4° mandamiento de 1992 y 12 de 1993.

La nota obtenida fué de 277 puntos. Según se desprende del fax entregado al aquí recurrente en la Jefatura de la 614 Comandancia de Pontevedra, el recurrente declarado no apto en la prueba de reconocimiento médico, por causa de GOT 66 Y GPT 87 (grupo I, D8), y por tanto resultó no seleccionado. El 17 de octubre de 1994, Don Rafael interpuso recurso adjuntando dos certificados médicos oficiales, cuantificando los valores obtenidos de los análisis realizados dentro de la normalidad. El recurso de fecha 17 de octubre de 1994 expresamente desestimado por resolución de 7 de febrero de 1995. - Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia declarando contrarios a derecho los acuerdos recurridos, anulándolos y dejándolos sin efecto, declarando a Don Rafael apto en la prueba de reconocimiento médico de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de la Guardia Civil, como Guardia Civil profesional, convocadas por resolución 442 /38580 /1994, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por tal declaración y que así lo acate y...

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