STSJ Galicia , 9 de Junio de 1998

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
Número de Recurso5790/1995
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Junio de 1998
EmisorSala de lo Social

DOÑA MARIA SOCORRO BAZARRA VARELA SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA.

CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución:

Recurso núm. 5790/95 MRA ILMO. SR. D. RICARDO RON CURIEL PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ A Coruña, a nueve de junio de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 5790/95 interpuesto por DON Luis Angel contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. DOS de La Coruña siendo Ponente el

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por DON Luis Angel en reclamación de INVALIDEZ siendo demandado EL INSS en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 555/95 sentencia con fecha dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y cinco por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero.- Que Don Luis Angel , nacido el 12 de febrero de 1949, figura afiliado al Régimen Especial Agrario por cuenta propia de la Seguridad Social, con el número NUM000 , siendo su profesión habitual la de labrador, solicitó de la Entidad Gestora demandada, prestación de invalidez permanente, derivada de accidente no laboral, la cual le fue desestimada por no hallarse el actor incapacitado en ninguno de los grados previstos en la legislación vigente./ Segundo.- Contra la anterior resolución interpuso reclamación administrativa previa, que asimismo le fue desestimada, confirmando la decisión impugnada./ Tercero.- Que en su estado clínico actual presenta: Refiere accidente en 1993 sobre mano derecha. Actualmente: Primer dedo: normal. Segundo dedo leve limitación a la flexión completa. Tercer dedo anquilosado en flexo proximal de 90º movilidad metacarpo falángica conservada. No hace presa fuerte. Cuarto dedo anquilosado en semi extensión, no hace presa fuerte. Quinto dedo: limitación moderada a la presa/ Cuarto.- Que la base reguladora asciende a la suma de 59.567 pesetas./ Quinto.- El demandante acredita las siguientes cotizaciones: 3.593 días.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"

FALLO

Que desestimando la demanda promovida por DON Luis Angel contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo al demandado INSS de todos los pedimentos contenidos en aquélla."

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte...

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