STSJ Galicia , 4 de Junio de 1998

PonenteJUAN CARLOS TRILLO ALONSO
Número de Recurso4047/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Junio de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciada la:

SENTENCIA Nº 498 1.998 Iltmos. Sres.

DON JOSÉ MARIA ARROJO MARTINEZ.- PTE. DON JOSÉ ANTONIO MENDEZ BARRERA DON JUAN CARLOS TRILLO ALONSO En la ciudad de A Coruña, a cuatro de junio de mil novecientos noventa y ocho.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02/0004047/1996 pende de resolución de esta sala, interpuesto por D. Daniel , representado por D. IGNACIO PARDO DE VERA LOPEZ y dirigido por D. CARLOS M. PAZ COSTAS, contra resolución del Ayuntamiento de Padrón de 6 le noviembre de 1995 sobre solicitud de retirada de determinados materiales en camino público, sito calle Carmen-Padrón.

Es parte como demandada el AYUNTAMIENTO de PADRÓN (A CORUÑA) representado por D. JOSÉ

ANTONIO CASTRO BUGALLO y dirigido por D. ULISES BERTOLO GARCIA, y actúan como coadyuvantes Dña. Beatriz y D. Alejandro representados por D. ALEJANDRO LAGE ALVAREZ y dirigidos por D. RAMÓN CRUCES VILAS. La cuantía del recurso es INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que par la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamente de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Conferido traslado de la demanda a Dª. Beatriz y a D. Alejandro para contestación, por el procurador Lage Alvarez se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dictase sentencia desestimando el recurso.

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día 28 de mayo de 1998.

QUINTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D....

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