STSJ Galicia , 31 de Marzo de 1998
Ponente | JUAN JOSE REIGOSA GONZALEZ |
Número de Recurso | 1532/1994 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 31 de Marzo de 1998 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
01 /0001530 al 1532 /1994 (ACUMULADOS)
SECCIÓN PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:
SENTENCIA N° 234 / 1998 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos, Sres.
D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. JUAN JOSE REIGOSA GONZÁLEZ.
D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRÍGUEZ En la Ciudad de A Coruna, a treinta y uno de marzo de mil novecientos noventa y ocho.
En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0001530, 1531 y 1532/1994 (ACUMULADOS), pende de resolución de esta Sala, interpuestos por Salvador , Alonso Y Lucio , Funcionarios, que actúan en propio nombre y derecho, contra Acuerdo plenario del Ayuntamiento de La Estrada de 11.02.94 (BOP nº 121 de 24.6.94); sobre bases para cubrir en propiedad la plaza de Sargento de la Policía Local promoción interna-oferta empleo público 1993. Es parte como demandado EL AYUNTAMIENTO DE A ESTRADA (PONTEVEDRA), representado por el Procurador D. ALEJANDRO LAGE ALVAREZ, comparece como coadyuvante Alvaro , Funcionario, que actúa en propio nombre y derecho; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y por Auto se acordó la acumulación de los recursos, los cuales se sigan en un mismo juicio y se terminen por una sola sentencia y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: Con fecha 11 de febrero de 1994, fueron aprobadas las bases para cubrir en propiedad una plaza de Sargento de la Policía Local incluida en la oferta de empleo público de 1993, por promoción interna, siendo publicadas en el B. O. P. de Pontevedra de fecha 24 de junio de 1994.- Las citadas bases discriminan a todos los Agentes que cumplen los requisitos, en favor del actual Cabo de la Policía Local, ya que uno de los requisitos es el de ter el título de Cabo de la Policía Local de la Estrada.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando los recursos, declarando nula o revoque y deje sin efecto la resolución objeto del presente recurso y se adopten cuantas medidas fuesen precisas para el restablecimiento de la situación jurídica perturbada.
Conferido traslado de la demanda a la representación de la Corporación demandada, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimando los recursos y conferido igual trámite al Coadyuvante Sr. Alvaro , evacuó dicho...
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