STSJ Galicia , 4 de Febrero de 1998

PonenteANTONIO JOSE GARCIA AMOR
Número de Recurso1626/1995
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 1998
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 1626/95 CAP ILMO. SR. D. RICARDO RON CURIEL PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMO. SR. D. ANTONIO JOSÉ GARCÍA AMOR A Coruña, a Cuatro de Febrero de mil novecientos noventa y ocho La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación nº 1626/95 interpuesto por D. Jose Antonio contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Tres de A Coruña siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. ANTONIO JOSÉ GARCÍA AMOR.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos n° 603/94 se presentó demanda por D. Jose Antonio en reclamación de JUBILACIÓN siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 6 de Febrero de 1995 por el Juzgado de referencia que DESESTIMÓ la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1º.- El actor figura en alta en la Seguridad Social con el número de afiliación NUM000 , siendo su fecha de nacimiento la de 28.9.92 y habiendo solicitado prestación de jubilación que le fue denegada, no mostrando conformidad con dicho acuerdo, por lo que formuló reclamación previa que le fue desestimada por silencio./2°.- El actor fue reconocido subsidio de desempleo para mayores de 52 años por el periodo de 14.8.88 hasta el 28.8.97, suspendido con efectos de 30.12.90 por acta de infracción de inspección provincial de trabajo, por lo que se sanciona al actor con la extinción de la prestación y devolución de cantidades percibidas./3º.- Acredita el actor en España cotizaciones en Régimen General y Agraria durante 24 años y 71, conforme a certificación obrante en autos que se tiene por reproducida./ 4º.- Desarrolló el actor actividad laboral en Alemania en el período de 1.964 a 1967.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:

Que desestimando la demanda deducida por D. Jose Antonio , contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro que no asiste al actor el derecho a la pensión de jubilación interesada por no cumplirse en el mismo los requisitos legales exigidos, absolviendo a la demandada de la prestación de condena interesada".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte DEMANDANTE NO siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante recurre la Sentencia de instancia que desestimó su derecho a la pensión por jubilación, al entender que no se encontraba en situación de alta o asimilada, y a tal fin interesa, con amparo procesal correcto, la revisión de los hechos probados y el examen...

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