STSJ Cantabria , 14 de Julio de 1998

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
Número de Recurso339/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Julio de 1998
EmisorSala de lo Social

Sentencia núm. 865/98.

Recuso núm. 339/97 Secretaria Sra. Colvée Benlloch PRESIDENTE Iltmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Iltma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Iltmo. Sr. D. Rubén Lopez Tamés Iglesias Santander, catorce de julio de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, compuesta por los Iltmos Srs citados al margen se dictó la siguiente; SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Dolores contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Cuatro de Santander, ha sido nombrado Ponente el Iltmo Sr D.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dolores , sobre Invalidez, siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesoreria General de la Seguridad Social, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 28 de Enero de 1997, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - La actora Doña Dolores , nacida el día 13.3.32, figura afiliada a la Seguridad Social con el núm.

    NUM000 , encuadrada en el Régimen Especial Agrario, reuniendo periodo de cotización suficiente para la prestación que reclama y siendo su profesión habitual la de agropecuario por cuenta propia.

  2. - Previa la correspondiente solicitud de fecha 23.1.96, se tramitó expediente de invalidez, emitiéndose, informe médico de sintesis el día 25.1.96 y dictamen propuesta del EVI el día 29.1.96, recayendo resolución de la Dirección Provincia del INSS de fecha 26.2.96, por la que se declara a la actora en situación de invalidez permanente en grado de incapacidad permanente total para su profesión habitual con derecho a la prestación inherente a tal declaración. Interpuesta reclamación previa fue desestimada por resolución del mencionado Organismo de fecha 26.4.96.

  3. - La base reguladora de la incapacidad permanente absoluta es de 60.601 pesetas mensuales, con efectos económicos desde el día 23.2.96.

  4. - El cuadro clínico que presenta la actora al momento de la solicitud del expediente es el siguiente:

    "Antecedentes: Sin interes. Afectación actual: Dolores poliarticulares, especialmente dolor lumbar y ciatica derecha. Marcha: ligeramente claudicante, autonoma y estable. Estado nutrición: obesidad Aparato circulatorio: Varices en piernas de intensidad leve Aparato locomotor: movilidad lumbar muy limitada de forma activa. Articulaciones de extremidades superiores e inferiores conservadas. Exploración radiográfica.

    Espondiloartrosis con pinzamiento L5, S1. Tomografia axial (TAC) Signos degenerativos de los especios L3-L4, L4-L5...

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