STSJ Cantabria , 15 de Abril de 1998
Ponente | MARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ |
Número de Recurso | 433/1998 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 15 de Abril de 1998 |
Emisor | Sala de lo Social |
Sentencia Núm. 451/98 Rec. Núm. 433/98.
Sec. Sra. Colvée Benlloch.
PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Ilma. Sra. Doña Mercedes Sancha Saiz Ilma. Sra. D. Rubén López Tamés Iglesias Santander a quince de Abril de mil novecientos noventa y ocho.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Ilmos. Sres.
citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Dª Inmaculada y otro contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Cuatro de Santander ha sido Ponente la Ilma.
Que según consta en autos se presentó demanda por Dª. Inmaculada y otra siendo demandado D. Juan Enrique , sobre despido, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia 30 de enero de 1.998 en los términos que Se recogen en su parte dispositiva.
Que como hechos probados se declararon los siguientes:
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- Las actoras han venido prestando sus servicios profesionales por orden y cuenta de la empresa José González Manzano con la categoría de operador y percibiendo un salario de 5.100 ptas. con prorrata de pagas extra; con la antigüedad de, Inmaculada 1-4-75, y Clara 2-2-76.
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- La empresa el 7-11-97 notificó a las actoras carta de fecha 3-11-97 comunicando la extinción de la relación laboral con efectos al 30-11-97, por jubilación del empresario.
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- Al empresario le fue concedido pensión de jubilación con efectos al 1-1-84 con cargo al Régimen de Autónomos.
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- El 19-12-97 presentó la baja en el impuesto sobre actividades económicas el centro de trabajo se ha cerrado.
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- Las actoras causaron baja en la Seguridad Social consignando la empresa como causa expediente de regulación de empleo e igualmente en el certificado de empresa se hizo constar como causa de la situación legal de desempleo expediente de regulación de empleo.
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- No han ostentado cargo de Representación Sindical.
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- Se ha celebrado el preceptivo acto de conciliación que finalizó sin avenencia.
Que contra dicha sentencia, anunció recurso de suplicación la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los 'autos a Ponente para su examen y resolución.
Con amparo en el art. 191, c) de la Ley de Procedimiento Laboral , se alega en el presente recurso que la resolución de instancia, al no declarar que el cese de las actoras constituye un despido improcedente, ha aplicado indebidamente la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de abril de 1996 (RJ. 3071), al...
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