STSJ Cantabria , 18 de Marzo de 1998

PonenteFRANCISCO MARTINEZ CIMIANO
Número de Recurso1691/1996
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Marzo de 1998
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 321/98 Recurso nº 1691/96 Secª. Srª. Colvée Benlloch PRESIDENTE Iltmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Iltma. Sra. Dña. Mercedes Sancha Saiz Iltmo. Sr. D. Rubén López Tarnés Iglesias En Santander a dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen y EN NOMBRE DEL REY Ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por la representación del INSS y otro contra la sentencia dictada por el juzgado de lo Social núm. Cuatro de Santander, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se formuló demanda por D. Valentín contra el INSS y otro sobre invalidez y celebrada la vista del juicio correspondiente se dictó sentencia por el Juzgado de referencia con fecha 15 de octubre de 1.996, en los términos que se recogen en la parte dispositiva de la misma.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El actor D. Valentín , nacido el día 30-5-35, figura afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 , encuadrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, reuniendo período de cotización suficiente para la prestación que reclama y siendo su profesión habitual la de transportista-autónomo.

  2. - Previa la correspondiente solicitud de fecha 29-1-96, se tramitó expediente administrativo de invalidez, emitiendo la EVI dictamen el día 1-2-96 y recayendo resolución de la Dirección Provincial del

    INSS de fecha 18-2-96 por la que se reconoce al actor la situación de invalidez permanente en grado de incapacidad permanente total para su profesión habitual, derivada de enfermedad común, con derecho a la prestación inherente a tal declaración. Interpuesta reclamación previa fue desestimada por resolución del mencionado organismo de fecha 9-4-96. La fecha de la baja es la de 23-6-94.

  3. - La base reguladora de la incapacidad permanente absoluta es la de 83.525 pts mensuales, con efectos económicos desde el día 23-2-96.

  4. - El cuadro clínico que presenta el actor al momento de la solicitud del expediente es el siguiente:

    "exploración radiográfica: pinzamiento del espacio L5-S1 con esclerosis marginal y osteofitos. Prótesis bilateral de fecha 25-01-96 centro: Val caderas. Juicio diagnostico y valoración: prótesis balateral de caderas. Espóndiloartrosis lumbar con discartrosis marcada L5-S1. Tratamiento efectuado: prótesis.

    Evolución: intervención reciente. Limitaciones orgánicas o funcionales: prótesis bilateral de caderas.

    Intervención de cadera derecha en sept. e izquierda en diciembre 95. Continúa con la...

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