STSJ Castilla y León , 12 de Junio de 1998

PonenteMARIA CONCEPCION GARCIA VICARIO
Número de Recurso977/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Junio de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA En la Ciudad de Burgos a doce de junio de mil novecientos noventa y ocho.

En el recurso contencioso administrativo numero 977/97 interpuesto por DON Aurelio representado por el Procurador Don Cesar Gutiérrez Moliner y defendido por el Letrado Don Fernando Lopez Iglesias contra resolución de la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Burgos de 1 de abril de 1997 denegando al recurrente el permiso de trabajo para trabajar por cuenta propia y contra la resolución del Gobierno Civil de Burgos de 16 de abril de 1997 denegando al recurrente el permiso de residencia solicitado al haber sido ya denegado el permiso de trabajo; habiendo comparecido como parte demandada la Administración General del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado en virtud de la representación que por ley ostenta.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante esta Sala el día 10-5-97.

Admitido a trámite el recurso se dio al mismo la publicidad legal, se reclamó el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 11-7-97 que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que "... con estimación del recurso se revoquen y dejen sin efecto las resoluciones objeto del mismo y se reconozca a mi representado el derecho a la obtención de los permisos de trabajo y residencia tipo " d " condenando a las Administraciones demandadas a estar y pasar por estas declaraciones con los efectos legales inherentes, con expresa imposición de las costas causadas".

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por termino legal a la parte demandada quien contestó a la demanda a medio de escrito de 1-9-97 oponiéndose al recurso solicitando la desestimación del mismo en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones que obran unidos al recurso, señalándose el día 11 de junio de 1998 para votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El recurrente viene residiendo y trabajando en España al menos desde el 4 de noviembre de 1994, tras la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Madrid de 29-4-94 que estimando el recurso interpuesto, reconoció al actor el permiso de trabajo y de residencia solicitados por aquél en expediente de regularización de trabajadores extranjeros.

El actor gozaba de permiso de trabajo y de residencia por cuenta ajena, para el ejercicio de la profesión de cocinero. No obstante, en el año 1997 constituyó una Sociedad Civil con el también ciudadano de la República Popular China Don Javier , para desarrollar el negocio de su titularidad sito en la CALLE000 de Burgos, que gira bajo el nombre comercial de Restaurante DIRECCION000 , dedicado a la cocina típica de ese país.

Así las cosas, el 10 de febrero de 1997 solicitó permiso de trabajo y residencia, para desarrollar el trabajo por cuenta ajena (tipo b inicial) y por cuenta propia (tipo d inicial) para la actividad de Restaurante-Hostelería (folio 11 del expediente). Emitido informe desfavorable por la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y Pymes del Ministerio de Economía y Hacienda, recayó resolución de la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Burgos de fecha 1-4-97 denegando el permiso de trabajo para trabajar por cuenta propia.

Asimismo, y con base en tal resolución, el Gobierno Civil de Burgos, mediante resolución de 16-4-97 denegó el permiso de residencia solicitado, al haber sido ya denegado...

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