STSJ Castilla y León , 16 de Febrero de 1998

PonenteMARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA
Número de Recurso742/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Febrero de 1998
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a dieciséis de Febrero de mil novecientos noventa y ocho.

En el recurso de Suplicación número 742/97 interpuesto por la representación letrada de la JUNTA DE CASTILLA Y LEON, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Avila en autos número 109/97 seguidos a instancia de la expresada recurrente, contra la Empresa DIRECCION003 ., y la DIRECCION007 , y en la que son trabajadores afectadas Dª María Consuelo , Dª Carla , Dª Elsa , Dª

Gabriela , Dª Marcelina Y Dª Patricia , en reclamación sobre Derechos. Ha actuado como Ponente la Ilma.

Sra. Dª. Mª Luisa Segoviano Astaburuaga que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 16 de Julio de 1.997 cuya parte dispositiva dice: "

FALLO

.- Que desestimando como desestimo la demanda de oficio interpuesta por la JUNTA DE CASTILLA Y LEON, contra las Empresas DIRECCION003 ., y DIRECCION007 , y en la que son trabajadoras afectadas Dª María Consuelo , Dª Carla , Dª Elsa , Dª Gabriela , Dª Marcelina Y Dª

Patricia , debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones en su contra formuladas."

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:

"PRIMERO.- Que en fecha de 28 de marzo de 1987 entre la Empresa GANER, S.A. y la DIRECCION007 se suscribió un contrato en virtud del cual la primera se comprometía a suministrar a la segunda dos azafatas en horario de 10 a 14 horas, excepto los sábados que será de 10 a 13 horas. SEGUNDO.- En fecha 2 de noviembre de 1988, cesada GANER, S.A., se suscribió contrato con la Empresa DOC-SEIS, S.A., siendo el objeto del mismo "la prestación de un servicio de información al público y atención de cajero automático por dos señoritas azafatas empleadas de DOC-SEIS,S.A. en la entidad DIRECCION007 (en lo sucesivo DIRECCION006 .) con horario de 10 h. a 14h. de lunes a viernes y de 10h. a 13 h. los sábados".

TERCERO

Que como azafatas, por las referidas empresas, fueron contratadas Dª Elsa (desde 31 de marzo de 1987) y Dª Carla (desde mayo de 1988). CUARTO.- Que dándose por rescindido el anterior contrato -hecho 2º-, en fecha de 10 de junio de 1.993 entre DIRECCION006 . y DIRECCION000 ., representadas por D. Pedro Antonio , se concertó un contrato en virtud del cual esta última suministraría a la primera cuatro guardas de seguridad y Atención a los bienes, locales y personal, tanto interno como externo en horarios de 8 a 15 horas de lunes a viernes y de 16,30 a 20 horas los jueves de los meses de octubre a junio (dos guardias de seguridad) y de 9 a 14 horas de lunes a viernes (otras dos). Dicha contratación, aparte de la finalidad propia de seguridad, tendría áreas con los siguientes contenidos: A.1.- ATENCION INSTITUCIONAL: a.- Servir de apoyo al equipo de Vigilantes Jurados de Seguridad de DIRECCION007 , informándoles de cualquier situación que, a su juicio, pueda resultar conflictiva. b.- Controlar, organizar y filtrar las visitas que reciba el Presidente del Consejo de Administración, para que ninguna persona pueda introducirse, de manera espontánea, en su despacho. c.- Controlar las visitas dirigidas al consejo y demás Organos Rectores de DIRECCION007 . d.- Controlar los accesos al Area Comercial de DIRECCION007 . e.- Recibir las llamadas telefónicas dirigidas a Presidencia y realizar aquellas que le encomiende. f.- Coordinar y participar en aquellas acciones institucionales en las que su presencia y trabajo puedan resultar útiles a DIRECCION007 : viajes, convenciones, asambleas, actos institucionales diversos, etc. g.- Estar en relación permanente con la Secretaría General de DIRECCION007 , para unificar criterios y normalizar actuaciones en aquellos actos en los que deban intervenir tanto el Presidente como el Director General y cualquier otro representantes institucional de DIRECCION007 . h.- Preparar diariamente, tanto a Presidencia, como a la Dirección general y, en general a los Organos de Gobierno de DIRECCION007 , así como, en su caso, al área comercial, un "dossier" de prensa, tanto de ámbito provincial como nacional, con los artículos e informaciones que puedan estar relacionados con DIRECCION007 , sus Organos de gobierno y acciones institucionales. Este dossier podrá ser ampliado, si así se estimara conveniente por sus usuarios, con otros contenidos. i.- Cualesquiera otras funciones no desarrolladas expresamente que, pudiendo ser de su competencia, le sean encomendadas por la Dirección de DIRECCION007 , que serían añadidas a las presentes Cláusulas Particulares. A.s. ATENCION AL PUBLICO: a.- Servir de apoyo al equipo de vigilantes Jurados de Seguridad de DIRECCION007 , informándoles de cualquier situación que, a su juicio, pudiera ser conflictiva o atentatoria contra la Seguridad Integral de la Institución. b.- Dirigir a los Clientes y demás usuarios de DIRECCION007 , incluso acompañándoles si fuera necesario, hasta las personas y/o departamentos que soliciten. c.- Colaborar con departamentos tales como: Relaciones Institucionales, Publicidad, Obra Social, etc. de DIRECCION007 , informando a sus clientes sobre actividades organizadas, promociones, campañas, etc. d.- Informar su uso y colaborar con los usuarios, si así lo demandan, en relación con los Cajeros Automáticos de la oficina principal. e.- colaborar cuando así se requiera, en Asambleas, Congresos, Convenciones de DIRECCION007 o patrocinadas por ella. Incluso, si fuere necesario, en las reuniones de los Organos de Gobierno de la Entidad. f.- Elaboración de informes, si así se estima conveniente por parte de DIRECCION007 , sobre temas que más preocupan a clientes y Usuarios de la Entidad, de los conocidos por el Servicio de Atención al Público. g.- Cualesquiera otras funciones que, teniendo cabida en la idea general de ATENCION AL CLIENTE, puedan ser asumidas por este equipo y le sean encomendadas por DIRECCION007 . A.3. ATENCION TELEFONICA: a.- Servir de apoyo al equipo de Vigilantes Jurados de Seguridad de DIRECCION007 , informándoles de cualquier situación que, a su juicio, pudiera ser contraria a la Seguridad de la Entidad. b.- Atender con la mayor amabilidad las llamadas que se produzcan desde el exterior, dirigiéndolas a sus destinatarias. En este sentido, se tratará de ser extremadamente exquisitos; no se ha de olvidar que la primera imagen que se hagan de DIRECCION007 quienes llamen por teléfono será la que se obtenga del receptor inmediato de la llamada. c.- Mostrar afabilidad para los Clientes y Usuarios de la Entidad, dirigiéndoles, si fuera necesario, hacia los Departamentos o Personas solicitados. QUINTO.- Que en agosto de 1993 comenzaron a prestar sus servicios para la empresa DIRECCION000 las trabajadoras Dª María Consuelo y Dª Gabriela , con la categoría de guardas de Seguridad. SEXTO.- Que en fecha de 29 de noviembre de 1993 la empresa DIRECCION001 . -en lo sucesivo DIRECCION001 .- comunicó a la DIRECCION006 . que pasaría a prestar los servicios que anteriormente prestaba DIRECCION000 . Esta última empresa, junto con otras diez, se había fusionado por absorción de sociedades en una única compañía denominada DIRECCION001 ., en fecha anterior de 30 de junio de 1993. SEPTIMO.- Que el 24 de febrero de 1994, entre DIRECCION006 . y DIRECCION001 . -representada por D. Pedro Antonio - se formalizó un contrato para Servicio Auxiliar de vigilancia -Guarda- en la sucursal que la primera tenía en Madrid (C/ DIRECCION002) con los contenidos referidos en el hecho 4º (Atención Institucional, Atención al Público y Atención Telefónica) adaptados a una sucursal. Para dicho puesto se contrató, en fecha de 10 de marzo de 1994, a Dª Patricia , como guarda de seguridad. OCTAVO.- Que la Empresa DIRECCION003 ., (en lo sucesivo DIRECCION003 .) se constituyó el 17 de diciembre de 1984 con el nombre de DIRECCION004 ., cambiando al actual el 28 de julio de 1986.

Esta Empresa (DIRECCION003 .) tiene su capital (10 millones de pesetas) totalmente suscrito por la Empresa DIRECCION001 . desde el 22 de mayo de 1995 -protocolizado en escritura pública el 29 de marzo de 1996-, perteneciendo ambas al grupo de Empresas DIRECCION005 y teniendo unos activos de 108.951.370 pts, y 14.698.683.339 pts. -respectivamente- en el ejercicio de 1995. NOVENO.- Que con fecha de 18 de julio de 1996, el grupo DIRECCION005 , mediante carta firmada por el Gerente Pedro Antonio , comunicó a DIRECCION006 . que los servicios contratados por DIRECCION001 . pasarían a ser desempeñados por DIRECCION003 .; pasando a dar de alta a las trabajadores citadas en la Empresa, quien comenzó a abonarles las nóminas a las actoras con la categoría de Auxiliares de Servicio, existente en el Convenio Colectivo de Empresa aprobado por Resolución de la D.G. Trabajo de 25-3-91 y 24-1-95 (B.O.E. 29-4-91 y 9-2-95) obrantes en Autos, y cuya definición es: "Es el trabajador mayor de dieciocho años que desempeña, con formación suficiente, uniformado o no con las prendas y distintivos que la empresa determina necesarios para la correcta prestación de servicios, tareas auxiliares en todo tipo de inmuebles". Esta categoría tiene asignado el mismo sueldo base y complemento que el resto del personal operativo (Celador, Azafata y Conductor/Repartidor). DECIMO.- Que la Empresa DIRECCION003 . -con una plantilla aproximada de 600 trabajadores en España- carece de local propio en Avila, estando domiciliada en el DIRECCION001 . -que tiene una plantilla aproximada de 6.000 trabajadores en España-; en el que solamente prestan sus servicios el referido Sr. Pedro Antonio -Gerente del Grupo...

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