STSJ Andalucía , 6 de Mayo de 1998

PonenteRAFAEL OSUNA OSTOS
Número de Recurso386/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

L.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, SECCIÓN TERCERA.

RECURSO Nº 386-95 y 2240/96 SENTENCIA ILTMOS. SEÑORES:

DON RAFAEL OSUNA OSTOS DON VICTORIANO VALPUESTA BERMUDEZ DON IGNACIO DE LA CUEVA ALEU En la ciudad de Sevilla, a seis de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, formada por los Magistrados que al margen se expresan, ha visto EN NOMBRE DEL REY el recurso número 386/95 y 2240/96 acumulados interpuestas por GRUPO CRUZCAMPO S.A, representado y defendido por el Letrado D°- Miguel Bermudo Valera; contra resolución dictada por la Oficina de Patentes y Marcas, representada y defendida por el Sr. ABOGADO DEL ESTADO. La cuantía ha sido fijada en indeterminada.- Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL OSUNA OSTOS.

ANTECEDENTES
PRIMERO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia anulatoria de las resoluciones impugnadas, con los demás pronunciamientos de constancia.-

SEGUNDO

En su contestación a la demanda el Sr. Abogada del Estado, solicita de la Sala la desestimación del recurso interpuesto.

TERCERO

Requeridas las partes para que presentaran el escrito de conclusiones que determina el articulo 78 de la Ley Jurisdiccional , evacuaron dicho trámite mediante los escritos que obran unidos a las actuaciones.

CUARTO

Señalado día para la votación y Fallo del presente recurso ha tenido efecto en el designado, en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOSJURIDICOS
PRIMERO

La entidad mercantil "Grupo Cruzcampo SA" domiciliada en Sevilla interpone recurso contencioso- administrativo en el 386/95 contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 15 de Noviembre de 1.994, publicado en el Boletín de la Propiedad Industrial de 16-1-95 que estimando expresamente el recurso ordinario promovido contra la denegación de la MARCA Nº 1.647.205 "PLAYSKOOLTE otorga la protección registral a dicha marca. En el 2240-96 se recurre la resolución de 5 de junio de 1.996 de dicha oficina publicándose en el B O de la Propiedad Industrial de 16 de Agosto de 1.996 por el que se otorga protección registral a la marca n°- 1.647.204 "Playskool de Playskool Inc"Corporation dei Estado Delaware E.E.U.U. La marca referida fue solicitada respecto a bebidas alcohólicas (con excepción de cervezas) de la clase 33 del nomenclator, sin grafismos ni elementos figurativos alguno y en el segundo recurso de la clase 32.

El Grupo Cruzcampo opone a esa resolución el ser titular registral de las siguientes marcas regístrales:

  1. Nº 382.504.- SKOL. denominativa para distinguir "cerveza laguer" Clase 32 con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 30 de Diciembre de 2003
    • España
    • 30 Diciembre 2003
    ...de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en fecha 6 de mayo de 1.998 en los recursos contencioso-administrativos acumulados números 386/1.995 y 2.240/1.996, sobre inscripción de las marcas números 1.647.204 y 1.647.205 Es parte recurrida GRUPO CRUZCAMPO, S.A., representada por la Proc......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR