STSJ País Vasco 1115, 3 de Febrero de 1998

PonenteJESUS PABLO SESMA DE LUIS
Número de Recurso1478/1997
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1115
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 1998
EmisorSala de lo Social

..NISE:

9800388S4000143000 ..NSEN:

9800388 ..TSEN:

SENTENCIA ..AREA:

Social ..ORGA:

T.S.J. de Bilbao.Sala de lo Social ..IDEN:

4804496004352 ..FDIC:

19980203 ..FFIR:

19980224 ..PONE:

PABLO SESMA DE LUIS ..INTE:

Lucía (DEMANDANTE)

INSS (DEMANDADO)

TGSS (DEMANDADO)

..MATE:

ENFERMEDAD COMUN PRESTACION ..DESC:

ENFERMEDAD COMUN ..SUMA:

RECURSO Nº: 1478/97 N.I.G. 48.04.4-96/004352 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a 3 de Febrero de 1998.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, Dª BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ y Dª MARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia delJuzgado de lo Social Nº 3 de Vizcaya de fecha veintiuno deDiciembre de mil novecientos noventa y seis , dictada en proceso sobre prestación por enfermedad común (ECO), y entablado por D. Lucía frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. PABLO SESMA DE LUIS, quien expresa el criterio de la Sala.

..ANTE:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

  1. - Dª Mª Lucía nacida el 26-4-96 y afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el nº

    48/1073749, presta servicios en la empresa IGON C.E.E., S.L. con categoría de Administrativa.

  2. - Qque por resolución del INSS de fecha 20-2-96 se acordó no haber lugar a declarar a la trabajadora afecta de Invalidez Permanente en grado alguno.

  3. - Que la trabajadora padece las siguientes lesiones:

    En julio de 1994 fue intervenida de un aneurisma de la arteria comunicante posterior, tras realizarle la intervención quirúrgica del aneurisma, la paciente padeció una parálisis total del III par craneal, de la cual en el momento actual y tras diversos controles, tratamiento y reeducación, resta una diplopia cruzada y constante en el ojo derecho.

    Debido al carácter inconcomitante de la desviación y la magnitud de la misma la corección con prismas se hace imposible.

    Se observa también un déficit de parpadeo en ojo derecho y un marcado ojo seco presentando la paciente sensación de picor, lagrimeo y cuerpo extraño.

    Existiendo fotofobia debido a la permanente pupila midriática en el ojo derecho.

    Labilidad emocional a raíz de los padecimientos psiquicos.

  4. - Que la actora por Orden Foral nº 6.506/96 de23-9-96 fue declarada afecta de un 45% de porcentaje de minusvalía.

  5. - Que el INSS asume el riesgo derivado de enfermedad común.

  6. - Que la base reguladora para el caso de Incapacidad

    Permanente Total e Incapacidad Permanente Parcial asciende a 103.935 pts. y la fecha de efectos es 15-11-95.

  7. - Que se ha interpuesto la correspondiente reclamación previa que fue resuelta en sentido denegatorio en fecha 22-4-96.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

Que estimando la demanda interpuesta por Lucía impugnando en este orden jurisdiccional la resoución del INSS de fecha 22-4-96, contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SERIDAD SOCIAL y TESORERIA GENRAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL , debo declarar y declaro que Dª Lucía se halla afecta de Invalidez Permanente en grado de Incapacidad Permanente Total y, en su virtud, beneficiaria de una prestación económica consistente en una pensión de carácter vitalicio equivalente al 55% de su Base Reguladora mensual de 103.935 pts., con efectos desde el 15-11-95 y sin...

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