STSJ Comunidad Valenciana , 19 de Junio de 1998

PonenteJOSE RAMON HERNANDEZ DOLS
Número de Recurso1673/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Junio de 1998
EmisorSala de lo Social

15 Rec.c/sent. nº 1.673/97 Recurso contra Sentencia núm. 1.673 de 1.997 Ilmo. Sr D. Leopoldo Carbonell Suñer Presidente Ilmo. Sr D. María Mercedes Boronat Tormo Ilmo. Sr D. José Ramón Hernández Dols En Valencia, a diecinueve de Junio de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2.231 de 1.998 En el Recurso de Suplicación núm. 1.673/97, interpuesto contra la sentencia de fecha 20 de Enero de 1.997, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Valencia, en los autos núm. 571/96 , seguidos sobre Despido, a instancia de D. Fermín Y OTROS, que luego se dirán a quien asiste el Letrado D. Francisco Soler Pérez, contra INDUSTRIAS PELETERAS, S.A., representada por el Letrado D. Juan Emilio Ferrero Gimeno; ALTA GESTION S.A. E.T.T., representada por el Letrado D. Manuel Indiano Camara; ECCO T.T., S.A. EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL , representada por la Letrada Dª-. Esther Capafons Ros; GAMA EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, S.L.,; FONDO DE GARANTIA SALARIAL , y en los que es recurrente los citados demandantes , habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. José Ramón Hernández Dols.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 20 de Enero de 1.997 dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Desestimando las excepciones de Falta de Legitimación Pasiva y estimando la de caducidad alegadas por las empresas Alta Gestión S.A.ETT y Gama ETT.S.L:, y desestimando la de Ineidoneidad del cauce procesal utilizado alegada por Ecco TT.S.A.ETT. desestimo la demanda interpuesta por Fermín , Pedro Antonio , Vicente , Gregorio , Adolfo , Jose Antonio y Javier , frente a las empresas INDUSTRIAS PELETERAS, S.A. ALTA GESTIÓN S.A.ETT. GAMA ETT.S.L., ECCO TT.S.A.ETT. absuelvo a todas las demandadas de las pretensiones deducidas en su contra por los actores. ".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.-La parte actora que luego se dirá, han venido prestando servicios para Industrias Peleteras, S.A. con las siguientes circunstancias: - Fermín .- Antiguedad desde el 9-5-94, categoría profesional de peon espc. y salario mensual con prorrata de pagas extras de 119.700 Pts. y uno diario a efectos de tramitación de 3.990 Pts. Pedro Antonio .- Antiguedad desde el 15-2-94, categoría profesional de peón espc.

y salario mensual con prorrata de pagas extras de 119.700 y uno diario a efectos de tramitación de 3.990 Pts. Vicente . Antiguedad desde el 9-3-92, categoría profesional de peón espec. y salario mensual con prorrata de pagas extras de 119.700 Ptas. y uno diario a efectos de tramitación de 3.990 Pts. Gregorio .

Antiguedad desde el 2-3-95, categoría profesional de peon espc. y salario mensual con prorrata de pagas extras de 119.700 Pts. y uno diario a efectos de tramitación de 3.990 Pts. Adolfo . Antiguedad desde el 24-8- 94, categoría profesional de peon espc. y salario mensual con prorrata de pagas extras de 119.700 Pts. y uno diario a efectos de tramitación de 3.990 Pts. Jose Antonio . Antiguedad desde el 13-6-94, categoría profesional de peón espc. y salario mensual de con prorrata de pagas extras de 119.700 Pts. y uno diario a efectos de tramitación de 3.990 Pts. Javier . Antiguedad desde el 6-3-95. categoría profesional de peón espec. y salario mensual con prorrata de pagas extras de 119.700 Ptas. y uno diario a efectos de tramitación de 3.990 Pts. SEGUNDO.- Que los demandantes han suscrito los siguientes contratos. Fermín .

Empresa usuaria : Ind.Pel.S.A. 9-5-94 a 8-11-94 6 meses Ac. Tareas Gama ETT,S.L. 6-11-95 a 5-5-96 6 meses Ac.Tareas. Alta Gestión SAETT 10-4-95 a 30-7-95 3 mese Ac. Tareas 21-8-95 a 30-10-95 2 meses Ac.Tareas. Ecco TT.S.A., ETT 13-5-96 a 26-7-96 2 meses Ac.Tareas. Ecco TT.S.A. ETT 10-10-94 a 9-4-95 6 meses Ac.Tareas 19-8-96 a 19-9-96 1 mes Ac.Tareas Pedro Antonio Ind.Pel.S.A. 15-2-94 a 14-8-94 6 meses Ac.Tareas. Ecco TT.S.A. ETT 26-10-94 a 25-4-95 6 meses Ac.Tareas . Gama ETT.S.L. 20-11-95 a 19-5-96 6 meses Ac.Tareas Alta Gestion SAETT 27-4-95 a 6-8-95 4 meses AcTareas. 21-8-95 a 9-11-95 3 meses Ac.Tareas Ecco TT. S.A. ETT 27-5-96 a 26-7-96 2 meses Ac.Tareas . Vicente . Ind.Pel.S.A. 9-3-92 a 8-3-95 3 años Formación Gama ETT.S.L. 3-4-95 a 2-10-95 6 meses Ac.Tareas . Alta Gestión SAETT 12-2-96 a 11-5-96 3 meses AcTareas Ecco. TT.S.A. ETT. 20-5-96 a 4-8-96 2m y ½ Ac. Tareas 19-8-96 a 19-9-96 1 mes Ac.Tareas. Gregorio . Ind. Pel. S.A. 23-5-90 a 22-5-94 4 años Fom.Empleo Gama ETT, S.L. 2-3-95 a 1-9-95 6 meses Ac.Tareas Alta Gestión SAETT 12-9-95 a 11-3-96 6 meses Ac. Tareas. Ecco TT.S.A. ETT 20-3-96 A 26-7-96 4 meses AC.Tareas 19-8-96 a 19-9-96 1 mes Ac. Tareas Adolfo Ind.Pel.S.A. 28-8-94 a 23-11-94 6 meses Ac.Tareas Gama ETT. S.L. 6-11-95 a 5-5-96 6 meses Ac.Tareas Alta Gestión SAETT 18-4-95 a 31-10-95 6 meses Ac.Tareas Ecco TT.S.A. ETT 14-10-94 a 13-4-95 6 meses AC.Tareas 10-5-96 a 28-7-96 2 meses Ac.Tareas 19-8-96 a 19-9-96 1 mes Ac.Tareas. Jose Antonio Ind.Pel.S.A. 13-6-94 a 12-12-94 6 meses Ac.Tareas. Ecco TT.S.A.ETT 10-10-94 a 9-4-95 6 meses Ac. Tareas Gama ETT.S.L. 10-4-95 a 9- 10-95 6 meses Ac.Tareas. Alta Gestión SAETT 16-10-95 a 15-4-96 6 meses Ac. Tareas Ecco TT.S.A. ETT 18-4-96 a 26-7-96 3 meses Ac.Tareas 19-8-96 a 19-9-96 1 mes Ac.Tareas. Javier Ind.Pel.S.A. 20-4-94 a 19-10-94 6 meses Ac.Tareas Gama ETT, S.L. 2-10-95 a 29-3-96 5 meses Ac.Tareas Alta Gestión SAETT 6-3-95 a 3-8-95 5 meses Ac.Tareas 21-8-95 a 23-9-95 1 mes Ac Tareas Ecco. TT.S.A. ETT 9-4-96 a 26-7-96 3 meses Ac.Tareas 19-8-96 a 19-9-96 1 mes Ac.Tareas. TERCERO.- Los actores en la Empresa Industrias Peleteras, S.A., siempre han ocupado el mismo puesto de trabajo.CUARTO.- La Empresa Ecco Trabajo Temporal S.A. ETT, comunico a los demandantes la fecha de finalización del último contrato suscrito con ellos, siendo las mismas las siguientes: Fermín : 26- 7-96, Pedro Antonio : 26-7-96.

Vicente : 4-8-96. Gregorio : 26-7-96. Adolfo : 28-7-96. Jose Antonio . 26-7-96. Javier . 26-7-96.

QUINTO

Que los demandantes no son miembros del Comité de Empresa ni representante de los trabajadores.

SEXTO

Que se ha celebrado el preceptivo acto de conciliación ante el S.M.A.C. el cual concluyó como intentado sin efecto respecto de la empresa Industrias Peleteras, S.A. y celebrado sin avenencia respecto de las demás empresas.

SEPTIMO

Los actores suscribieron con las demandadas los siguientes contratos:

  1. - Vicente .- con Industrias Peleteras, S.A. contrato de trabajo para la formación celebrado al amparo del Real Decreto 1992/84 , en fecha 9-3-92, con duración hasta el 8-3-95. Con Gama E.T.T.S.L. contrato de trabajo al amparo del Real Decreto 2546/94 , en 3-4-95 y con duración hasta el 2-10-95. Con Alta Gestión S.A. E.T.T. contrato al amparo del Real Decreto 2546/94 , en 12-2-96, con duración hasta el 11-5-96. Con Ecco T.T. S.A.E.T.T. contrato al amparo del Real Decreto 2546/94 , en 20-5-96, con duración hasta el 4-8-96, suscribiendo posteriormente idéntico contrato en fecha 19-8-96 hasta el 19-9-96. 2.- Adolfo . con Industrias Peleteras, S.A. contrato de trabajo al amparo del Real Decreto 2104/84 , en 24-8-94, con duración hasta el 23-11-94. Con Ecco. T.T. S.A. T.T. contrato de trabajo al amparo del Real Decreto 2104/84 , en 14-10-94, con duración hasta el 13-4-95, y posteriormente contrato de trabajo al amparo del Real Decreto 2546/94 en 10-5-96, hasta el 27-7- 96. Con Alta Gestión S.A. E.T.T. contrato de trabajo al amparo del Real Decreto 2104/84 , en 18-4- 95, con duración hasta el 31-10-95. Con Gama E.T.T.S.L. contrato de trabajo al amparo del Real Decreto 2546/94 y la Ley 14/94 de 1 de Junio , en 6-11-95, con duración hasta el 5-5-96. 3.- Jose Antonio . Con Industrias Peleteras, S.A. contrato de trabajo al amparo del Real Decreto 2104/84 , en 13-6-94, con duración hasta el 12-12-94. Con Ecco T.T. S.A. E.T.T. contrato de trabajo al amparo del Real Decreto 2104/84 , en 10-10-94, con duración hasta el 9-4-95, y posteriormente contrato de trabajo al amparo del Real Decreto 2546/94 en 18-4-96 con duración hasta el 26-7-96 y posteriormente contrato de trabajo al amparo del mismo Real Decreto en 19-8-96 , hasta el 19-9-96. Con Gama E.T.T.S.L. contrato de trabajo al amparo de la Ley 14/94 de 1 de Junio y del Real Decreto 2546/94 en 10-4-95 , con duración hasta el 9-10-95. Con Alta Gestión S.A. E.T.T. contrato de trabajo al amparo del Real Decreto 2546/94 , en 16-10-95, con duración hasta el 15-4-96. 4.- Gregorio .Con Ind.Peleteras S.A. contrato de trabajo como medida de Fomento de empleo al amparo del Real Decreto 1989/84 , en fecha 23-5-90, con duración hasta el 22-5-94. Con Gama E.T.T. S.L. contrato de trabajo al amparo del Real Decreto

2546/94 , de 2-3- 95, con duración hasta el 1-9-95. Con Alta Gestión S.A. ETT. contrato celebrado al amparo del Real Decreto 2546/94 , en fecha 12-9-95, con duración hasta el 11-3-96. Con Ecco TT. S.A. ETT. contrato al amparo del Real Decreto 2546/94 , en 20-3-96, con duración hasta el 26-7-96, posteriormente suscribieron nuevo contrato al amparo del mismo Real Decreto en 19-8-96 , con duración hasta el 19-9-96. 5.- Pedro Antonio .- Con Ind.Peletera, S.A. contrato de trabajo al amparo del Real Decreto 2104/84 , en 15-2-94, con duración hasta el 14-8-94. Con Ecco TT. S.A. ETT. contrato de trabajo al amparo del Real Decreto 2104/84 , en 26-10-94, con duración hasta el 25-4-95, posteriormente suscribieron contrato al amparo del Real Decreto 2546/94 en 27-5-96, con...

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