STSJ Comunidad Valenciana , 27 de Enero de 1998

PonenteJOSE JAVIER MORRO LOPEZ
Número de Recurso891/1995
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Enero de 1998
EmisorSala de lo Social

3 Recurso nª 891/5 Recurso contra Sentencia núm. 891/95 Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos Presidente Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Ilmo. Sr. D. Jose Javier Morro López En Valencia, a veintisiete de Enero de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 200/98 En el Recurso de Suplicación núm. 891/95 interpuesto contra la sentencia de fecha, 9 de Enero de 1995 dictada por el Juzgado de lo Social núm.4 de Alicante , en los autos núm. 324/94, seguidos sobre Prestación desempleo, a instancia de Bruno asistido por el Letrado D. Carlos Mato Adrover, contra el Instituto Nacional de Empleo, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Ilmo. Sr. D. Jose Javier Morro López

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 9 de Enero de 1995dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Que desestimando la demanda formulada por D. Bruno contra el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO sobre subsidio, debo absolver y absuelvo a la Entidad demandada de las pretensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Que D. Bruno , nacido el 20-06-39, con DNI NUM000 , y núm. de S.S NUM001 , solicitó subsidio de desempleo para mayores de 52 años, por Resolución de fecha 25- 10-93 se denegó el mismo por ejercer actividad por cuenta propia como agricultor, percibiendo ingresos de dicha actividad.-SEGUNDO.- Que contra dicha Resolución interpuso la correspondiente RECLAMACION PREVIA el día 29-11-93, que fué contestada expresamente por la Entidad demandada en fecha 15-03-94, siendo desestimada.-TERCERO.- Que el actor y su esposa explotan una granja de conejos, siendo titular la mujer, con unos ingresos integros en el año 1993 de 2.011.717 ptas anuales, lo que confiere al actor unos ingresos anualñes de 1.005.858 ptas anuales".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante que fue debidamente impugnado. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- Recurre el actor, la sentencia que...

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