STSJ Cataluña , 18 de Junio de 1998

PonenteMARIA DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA
Número de Recurso5186/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Junio de 1998
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 5186/1997 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL RG. ILMO. SR. D. CARLOS SOBRINO LAFUENTE ILMO. SR. D. JOAQUIN RUIZ DE LUNA DEL PINO ILMA. SRA. Dª. Mª DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA En Barcelona a 18 de junio de 1998 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 4093/1998 En el recurso de suplicación interpuesto por Joaquín frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº

12 Barcelona de fecha 30-4-97 dictada en el procedimiento nº 95/1997 y siendo recurrido/a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 4-2-97 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre invalidez general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 30-4-97 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda presentada por Joaquín contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, absuelvo al Instituto demandado de los pedimentos contenidos en la demanda."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - La parte actora Joaquín con DNI nº NUM000 nacida el 27-2-1933 está afiliada al Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social por servicios prestados en papelería.

  2. - Inició la vía administrativa ante la Dirección Provincial del INSS, la cual en fecha 25-10- 96 declaró al actor en situación de invalidez permanente en grado de total -folio 42-. Interpuesta reclamación previa contra la citada resolución la misma fue desestimada -folio 40-.

  3. - La demandante posee el periodo de carencia exigido.

  4. - La base reguladora de la pensión solicitada es la de 71.855 ptas mensuales, y la fecha de efectos el 1-8-96, extremos con los que la parte demandada mostró su conformidad en el acto del juicio -folio 9-.

  5. - La parte actora padece: Cardiopatía isquémica, antecedente de infarto agudo de miocardio y cirugía de revascularización por enfermedad de 3 vasos, dislipemia, gonartrosis y espondiloartrosis moderadas.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dio...

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