STSJ Cataluña , 28 de Mayo de 1998

PonenteSEBASTIAN MORALO GALLEGO
Número de Recurso153/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Mayo de 1998
EmisorSala de lo Social

Núm. Rollo: 153/1998 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL MR ILMA. SRA. Dª. ÁNGELES VIVAS LARRUY ILMO. SR. D. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO ILMA. SRA. Dª. Mª DEL CARMEN QUESADA PÉREZ En Barcelona, a 28 de mayo de 1998 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 3578/1998 En el recurso de suplicación interpuesto por Cesar frente a la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 4 Barcelona de fecha 6 de noviembre de 1.997 , dictada en el procedimiento nº 1031/1997, y siendo recurrido el DEPARTAMENT DE BENESTAR SOCIAL DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 8 de octubre de 1.997 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despidos suscrita por Cesar contra el DEPARTAMENT DE BENESTAR SOCIAL DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, en la que alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a tramite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 6 de noviembre de 1.997 que contenía el siguiente Fallo:

"Desestimando la demanda formulada por D. Cesar , debo absolver y absuelvo libremente al DEPARTAMENT DE BENESTAR SOCIAL DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, por inexistencia de despido".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - El demandante, D. Cesar , fue contratado el día 4 de enero de 1.996 por el Departament de Benestar Social de la Generalitat de Catalunya, en Régimen de interinidad para cubrir la vacante de Cap de 2º, grupo A3, en la oficina de Olesa de Montserrat.

  2. - En la cláusula segunda del contrato se establece como objeto del mismo, cubrir la vacante de personal laboral, hasta que se provea por los procedimientos reglamentarios o se produzca la amortización; en la cláusula tercera, relativa a la duración del contrato, se indica que el mismo se prolongara hasta el momento en que, traslados, reingreso de excedentes, promoción interna, o por resolución de la oferta de empleo público en que sea ofertada la vacante, sea cubierta la plaza, de forma reglamentaria, o se produzca la supresión de la plaza por necesidades del servicio.

  3. - Por resolución de la comisión Técnica de la Función Pública, de 16 de julio de 1.997 se acordó la suspensión por amortización de la plaza A3, Cap de 2º en los servicios del Departament de Benestar Social de Olesa de Montserrat.

  4. Mediante comunicación escrita de 23 de julio de 1.997 se notificó al actor la extinción de su contrato, con efectos de 16 de agosto de 1.997, por amortización de la plaza que ocupaba.

  5. - El actor formuló reclamación previa el 27 de agosto de 1.997, por estimar que la extinción es constitutiva de despido.

  6. - con anterioridad al 4 de enero de 1.996, el actor había prestado servicios para el Departament de Benestar Social, desde el 4 de enero de 1.993, por virtud de un contrato temporal de fomento de empleo, cubriendo el puesto de jefe de segunda, grupo A3, delegado de zona, y con vigencia inicial de un año, prorrogándose por seis meses el 4 de enero de 1.994, por otro periodo igual el 4 de julio de 1.994, y otras dos prórrogas de 6 meses, en 1/95 y 7/95, finalizando el contrato el 3 de enero de 1.996.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dio traslado lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en suplicación la parte actora contra la sentencia de instancia que desestima la demanda de despido y considera ajustada a derecho la extinción del contrato de interinidad por vacante que vincula a la trabajadora con el organismo público demandado al estar expresamente previsto en el mismo como causa de resolución la amortización de la plaza cubierta por...

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