STSJ Cataluña , 28 de Mayo de 1998

PonenteADOLFO MATIAS COLINO REY
Número de Recurso5909/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Mayo de 1998
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 5905/1997 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL vh ILMO. SR. D. ANTONIO GARCIA RODRÍGUEZ ILMO. SR, D. ADOLFO MATIAS COLINO REY ILMO. SR. D. LUIS JOSE ESCUDERO ALONSO En Barcelona a 28 de mayo de 1998 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 3575/1998 En el recurso de suplicación interpuesto por Serafin frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº

12 Barcelona de fecha 30 de mayo de 1997 dictada en el procedimiento nº 211/1997 y siendo recurrido/a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURID. SOCIAL. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. ADOLFO MATIAS COLINO REY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 7 de marzo de 1997 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez Causas Comunes suscrita por Serafin contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURID.

SOCIAL, en la que alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimé procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 30 de mayo de 1997 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por Serafin contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en reclamación por invalidez debo confirmar y confirmo la resolución dictada en vía administrativa:"

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- La parte actora Serafin , nacida el 12-2-49, con DNI NUM000 , se halla afiliada en el Régimen General de la Seguridad Social, con el número NUM001 y, en la fecha de la resolución administrativa, en situación de asimilada a la de alta por desempleo subsidiario.

  1. - La profesión habitual de la actora es la de cobrador.

  2. - Iniciado expediente administrativo para el reconocimiento de la situación de invalidez permanente el actor fue reconocido por la üVAMI el día 26-11-96, que emitió dictamen en el sentido de que la actora se encontraba afecta de: "CERVICOARTROSIS INCIPIENTE" folio 43.

  3. - En base al anterior informe el Instituto Nacional de la Seguridad Social, dictó resolución el día 7- 1-1997, declarando que no se encontraba afecto de invalidez permanente en grado alguno de incapacidad folio 36-.

  4. - Contra la citada resolución se interpuso por la trabajadora reclamación previa que fue desestimada por resolución expresa el 12-2-1997 folio 37- 6. El demandante posee el periodo de carencia exigido.

  5. La base reguladora para la pensión de invalidez permanente absoluta y para la total es de 144.697 pts y la fecha de efectos el 26-11-96, extremos con los que mostró su conformidad la parte demandada folio 14-.

  6. - La parte actora padece: en 1981 sufrió accidente que le produjo un trauma craneoencefálico, con resultado de coma. Actualmente presenta algunas secuelas del mismo como cierta disminución de la capacidad de concentración y dificultad de expresión Presenta también cuadro ansioso depresivo leve y cervicoartrosis incipiente."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dio traslado no lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS...

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