STSJ Cataluña , 24 de Abril de 1998

PonenteEMILIO RODRIGO ARAGONES BELTRAN
Número de Recurso1125/1994
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Abril de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Recurso n° 1.125/94 Partes: D. Jorge C/ DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA SENTENCIA N°352 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN MAGISTRADOS D. JUAN BERTRÁN CASTELLS Dª PILAR GALINDO MORELL En la ciudad de Barcelona, a veinticuatro de abril de mil novecientos noventa y ocho.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

1.1.25/94, interpuesto por D. Jorge , representado y defendido por el Letrado D. Martín Mozas Benito, contra DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, representada y asistida por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr Magistrado D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Jorge , actuando en nombre e interés propio, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución de la Dirección General de la Policía de fecha 9.3.94, desestimatoria de la solicitud de abono de dietas de manutención o indemnización de residencia eventual.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por Auto de 22 de Abril de 1.996 , la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba solicitado por la parte demandada, practicándose las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos. Finalmente se señaló día y hora para votación y fallo que tuvo lugar el 14 de abril del año en curso- CUARTO.- En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo la resolución de la DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA (Ministerio del Interior), que desestimó la solicitud formulada en su día por el hoy recurrente en orden a que le fuese abonada la indemnización correspondiente por residencia eventual en razón a los servicios prestados durante su periodo de prácticas, terminando la demanda con la suplica que es de ver en...

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