STSJ Murcia , 27 de Noviembre de 1998
Ponente | BARTOLOME RIOS SALMERON |
Número de Recurso | 1344/1998 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 27 de Noviembre de 1998 |
Emisor | Sala de lo Social |
M.P. Recurso nº 1.344/98 ILTMO. SR. D. BARTOLOME RIOS SALMERON Presidente.
ILTMO. SR. D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ ILTMO. SR. D. JOAQUIN SAMPER JUAN En la ciudad de Murcia a veintisiete de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Iltmos. Sres.
citados, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:
SENTENCIA NÚM.: 1382 En el Recurso de Suplicación interpuesto por TRANSPORTES DIRECTOS DEL SEGURA, S.L., frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social número Uno de Murcia, dictada en proceso núm. 132/95 , ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. BARTOLOME RIOS SALMERON, que expresa el parecer de la Sala.
La entidad "Transportes Directos El Segura S.L.". interpone recurso de suplicación contra Auto dictado por el Juzgado Social núm. Uno de Murcia, en trámites de ejecución de sentencia.
En la parte razonada se ofrece mayor información procedimental, omitida aquí para evitar repeticiones innecesarias.
FUNDAMENTO PRIMERO: El trabajador D. Lázaro dedujo demanda con petición de que, por consecuencia de haber sido declarado inválido permanente, contingencia de accidente laboral, se le abone la cantidad de 4.000.000 ptas., estipulada en el Convenio Colectivo del ramo da transportes: pidió además el 20% de dicha cifra como intereses de mora. La pretensión fue dirigida frente a, y entidad con, la empresa "Transportes del Segura, S.A."; así como las entidades aseguradoras: AMAYA, AGF, y CAMISPA. Recayó sentencia en 14 de febrero 1997 , donde se condenaba a la mentada empresa "Transportes del Segura S.A.", al pago de la cantidad mencionada, (principal e intereses de mora).
El trabajador instó la ejecución en 5 marzo 1997. Tras varias actuaciones, en general poco fructíferas, el operario, mediante escrito de 16 junio 1997 (folio 295) suscita cuestión incidental, a fin de que, celebrada la oportuna comparecencia, se extienda la condena a la entidad "Transportes Directos El Segura, S.L.".
Hubo tal comparecencia incidental en 1º de junio 1997. Recayó Auto resolutorio en 31 diciembre 1997 , en el que se acordaba ampliar la ejecución a esta segunda entidad empresarial (folio 447). La reposición de esta última fue desatendida por Auto de 29 abril 1996 ; en su parte dispositiva, se estima parcialmente el recurso, pero se aclara que ello es en el sentido de "mantener dicho auto (el primero del 31 de octubre 1997) en su integridad y complementándolo con la fundamentación jurídica del presente" (folio 486).
Contra tal resolución interpone recurso de suplicación la empresa "Transportes Directos El Segura; S.L." Hubo impugnación...
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STSJ Andalucía 314/2007, 7 de Febrero de 2007
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