STSJ Comunidad de Madrid , 17 de Septiembre de 1998

PonenteJOSE RAMON FERNANDEZ OTERO
Número de Recurso3756/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 1998
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 3756/98 /JG Sección 2ª

Ilmo Sr D JOSE RAMÓN FERNANDEZ OTERO Presidente Ilmo Sr D MARCIAL RODRIGUEZ ESTEVAN Ilma Sra Dña JOSEFINA TRIGUERO AGUDO Madrid, a diecisiete de septiembre de mil novecientos noventa y ocho La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos señores citados al margen, EH NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 658/98 En el recurso de suplicación número 3756/98-S-2ª interpuesto por el Letrado D ANTONIO CUESTA SANZ en nombre y representación de las partes demandantes, contra la resolución dictada por el Juzgado de lo Social nº 8 de los de Madrid, de fecha 2 de abril de 1998 , siendo impugnado por el Letrado D JUAN MANUEL RODRIGUEZ PRADA en nombre y representación de la parte demandada e Intervención Judicial Ha actuado coma Ponente el/la Ilmo/a Sr /a D /ña JOSE RAMÓN FERNANDEZ OTERO .

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO En el Juzgado de lo Social de referencia, con número de autos 17/98, tuvo entrada demanda suscrita por D Hugo Y D Simón , contra DIRECCION001 y otros, en reclamación sobre DESPIDO Admitida a trámite tal demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 2 de abril de 1998, en los términos que figuran en el Fallo de dicha resolución SEGUNDO En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declararon los siguientes 1º Hugo vino prestando servicios para la empresa DIRECCION001 . desde el 1 de septiembre de 1974 con categoría de Oficial 1ª y una retribución sensual prorrateada de 232.999 Ptas , y otras 10.355 Ptas en concepto de plus de Transporte 2° D Simón vino prestando servicios para la empresa DIRECCION001 . desde el 21 de marzo de

1966 con categoría de jefe de Agencia y una retribución mensual prorrateada salarial de 278.693 pts, y otras 10355 ptas en concepto de plus de transporte 3º El Juzgado de primera Instancia nº 4 de Madrid dictó providencia el 28 de noviembre de 1997 admitiendo a trámite la Suspensión de pagos de la Entidad DIRECCION001 instada el 27 de noviembre de 1997, siendo nombrados interventores judiciales D. Bernardo , Dña Bárbara a la persona que designase EIUSA, S A como creedor 4° El 15 de diciembre de 1997 la empresa comunicó a los actores, por escritos que como documentos nº 4 y nº 5 de la, empresa se dan por reproducidos, el despido por causas objetivas al amparo del art 52 c)

L.E.T . con efectos desde el mismo día de la comunicación sin poner a disposición de los actores el importe de la indemnización en razón a las causas que en los escritos se dicen 5º El 22 de diciembre de 1997 presentaron papeleta de conciliación ante el SMAC contra DIRECCION001 , celebrándose sin avenencia el preceptivo acto previo el 13 de enero de 1998 6º El 17 de febrero de 1998 los actores ampliaron demanda contra el Administrador único de la Sociedad ú Ramón , sin haber intentado conciliación previa contra el mismo 7º La empresa se dedica a la actividad de agencia de viajes, siendo su domicilio social en Paseo de DIRECCION000 nº NUM000 que es también el de su único centro de trabajo en Madrid Dicho local es propiedad de Dña Fátima que es esposa de D Ramón y empleada de DIRECCION001 , estando arrendado a ésta desde el 23 de octubre de 1985 por una renta mensual de 100 000 ptas más IVA en 1997 8º DIRECCION001 ha tenido desde 1990 la producción que se refleja en el documento nº 24 de la empresa que se da por reproducido 9º El 15 de noviembre de 1997 la empresa dejó de pagar a las compañías aéreas u demás proveedores cortando éstas el suministro y retirando el stock existente, 48 horas después 10º DIRECCION002 fue constituida en escritura pública otorgada el 15 de marzo, de 1.995 siendo socios no trabajadores Dña Isabel esposa de D. Hugo , y D Pedro Francisco que fue antiguo trabajador de DIRECCION001 en la cual causó baja por despido el 19 de junio de 1995, siendo aquélla Consejero Delegado y éste Gerente de la Sociedad 11° Desde el año 1996, antiguos clientes de DIRECCION001 como "Montesa, Urpesa e Inagrosa han dejado de facturar con DIRECCION001 , pasando a hacerlo con DIRECCION002 12º El 28 de octubre 1997 Unilever, cliente de DIRECCION001 que representaba...

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