STSJ Comunidad de Madrid , 15 de Junio de 1998
Ponente | MARIA NIEVES BUISAN GARCIA |
Número de Recurso | 2820/1998 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 15 de Junio de 1998 |
Emisor | Sala de lo Social |
Recurso número.- 2.820/98 FA Sección Tercera Secretaría Sr. Fariñas Matoni SENTENCIA Nº 1.318/98 Ilmo. Sr. Don José Nombela Nombela Presidente Ilma. Sra. Doña Milagros Calvo Ibarlucea Ilma. Sra. Doña Nieves Buisán García En Madrid, a quince de junio de mil novecientos noventa y ocho.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilma. Sres.
Magistrados que al margen se indican.
EN NOMBRE DEL REY se ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación número 2.820/98, Sección Tercera, interpuesto por DON Pedro Antonio , contra Auto dictado por el Juzgado de lo Social número DOS de MADRID, de fecha ocho de septiembre de mil novecientos noventa y siete , ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Nieves Buisán García.
En el Juzgado de lo Social de referencia, con el número de autos 371/94, tuvo entrada en su día demanda de DON Pedro Antonio , contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, sobre indemnización de daños y perjuicios. Admitida a trámite tal demanda se dictó Auto de fecha 24 de octubre de 1.994, por el que se acordó declarar la incompetencia de ese orden jurisdiccional, tal Auto fue confirmado por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 25 de julio de 1.995 , siendo revocado por Sentencia de 24 de junio de 1.996 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo , por la que entendió "que este orden jurisdiccional social es el competente para conocer de la cuestión controvertida.
Con fecha 27 de junio de 1.997, se dictó Auto por el que se accede al requerimiento de inhibición de la Audiencia Nacional, y se acuerda la remisión de las actuaciones al Juzgado de lo Social número 2 de Madrid. Con fecha ocho de septiembre de 1.997, se dictó Auto por el Juzgado de la Social de referencia, por el que se desestimaba el recurso de reposición formulado frente al Auto de 27 de junio de
1.997, accediendo al requerimiento de inhibición de la Audiencia Nacional.
Con fecha veintitrés de marzo de 1.998, se dictó Providencia, por la que estimando el recurso de queja, interpuesto por el actor, se tiene por interpuesto el Recurso de Suplicación, anunciado contra el Auto de 8-9-1997, notificada dicha providencia a las...
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STSJ Extremadura , 21 de Diciembre de 2004
...firme, cuya efectividad se interesa en el presente proceso de ejecución", siguiendo el mismo criterio la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 15 de junio de 1998 . Por ello, como aquí el ejecutado ha cumplido dentro de ese plazo, y ello lo admite incluso la ejecutante en......