STSJ Comunidad de Madrid , 15 de Junio de 1998

PonenteMARIA NIEVES BUISAN GARCIA
Número de Recurso2820/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución15 de Junio de 1998
EmisorSala de lo Social

Recurso número.- 2.820/98 FA Sección Tercera Secretaría Sr. Fariñas Matoni SENTENCIA Nº 1.318/98 Ilmo. Sr. Don José Nombela Nombela Presidente Ilma. Sra. Doña Milagros Calvo Ibarlucea Ilma. Sra. Doña Nieves Buisán García En Madrid, a quince de junio de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilma. Sres.

Magistrados que al margen se indican.

EN NOMBRE DEL REY se ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación número 2.820/98, Sección Tercera, interpuesto por DON Pedro Antonio , contra Auto dictado por el Juzgado de lo Social número DOS de MADRID, de fecha ocho de septiembre de mil novecientos noventa y siete , ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Nieves Buisán García.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de lo Social de referencia, con el número de autos 371/94, tuvo entrada en su día demanda de DON Pedro Antonio , contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, sobre indemnización de daños y perjuicios. Admitida a trámite tal demanda se dictó Auto de fecha 24 de octubre de 1.994, por el que se acordó declarar la incompetencia de ese orden jurisdiccional, tal Auto fue confirmado por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 25 de julio de 1.995 , siendo revocado por Sentencia de 24 de junio de 1.996 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo , por la que entendió "que este orden jurisdiccional social es el competente para conocer de la cuestión controvertida.

Segundo

Con fecha 27 de junio de 1.997, se dictó Auto por el que se accede al requerimiento de inhibición de la Audiencia Nacional, y se acuerda la remisión de las actuaciones al Juzgado de lo Social número 2 de Madrid. Con fecha ocho de septiembre de 1.997, se dictó Auto por el Juzgado de la Social de referencia, por el que se desestimaba el recurso de reposición formulado frente al Auto de 27 de junio de

1.997, accediendo al requerimiento de inhibición de la Audiencia Nacional.

Tercero

Con fecha veintitrés de marzo de 1.998, se dictó Providencia, por la que estimando el recurso de queja, interpuesto por el actor, se tiene por interpuesto el Recurso de Suplicación, anunciado contra el Auto de 8-9-1997, notificada dicha providencia a las...

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