STSJ Comunidad de Madrid , 12 de Junio de 1998

PonenteRAMON VERON OLARTE
Número de Recurso1513/1993
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Junio de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

RCA. N° 1513/93 SENTENCIA N° 416 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION NOVENA Ilmos. Sres.

Presidente:

Don Ramón Verón Olarte Magistrados:

Don Fernando Ortiz Montoya Don Juan Miguel Massigoge Benegiu Doña Eva Isabel Gallardo Martín de Blas En la Villa de Madrid a doce de Junio de mil novecientos noventa y ocho.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso contencioso administrativo n° 1513/93, interpuesto por la Letrada Sra. Molinero Haro, en nombre y representación del Sindicato Libre de la Marina Mercante y de la Asociación de Radiotelegrafistas Españoles, contra dieciséis resoluciones de la Dirección General de la Marina Mercante de fecha 26 de julio de 1992 confirmada en alzada por silencio administrativo; habiendo sido parte la Administración demandada representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos en la ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución administrativa objeto de impugnación.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia en la que se confirme la resolución recurrida por encontrarse ajustada a derecho.

TERCERO

Habiéndose recibido el presente proceso a prueba y practicada la admitida con el resultado que obra en autos, se, emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

En este estado se señala para votación el día 2 de Junio de 1.998, teniendo lugar así.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el magistrado Iltmo. Sr. Don Ramón Verón Olarte.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

A través del presente recurso la Letrada Sra. Molinero Haro, en nombre y representación del Sindicato Libre de la Marina Mercante y de la Asociación de Radiotelegrafistas Españoles, impugna dieciséis resoluciones de la Dirección General de la Marina Mercante de fecha 26 de julio de 1992 confirmada en alzada por silencio administrativo, por las que se concedía exención de llevar oficial Radioelectrónico en 16 barcos de la Compañía Arrendatario del Monopolio de Petróleos (CAMPSA).

Segundo

Los recurrentes sostienen que las resoluciones impugnadas vulneran lo dispuesto en los artículos 40.2 y 53.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo en relación con el principio de que nadie puede ir contra sus propios actos toda vez que "el contenido de los actos se ajustará a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico y será adecuado a los fines de aquellos". Las citadas resoluciones van en contra de los acuerdos firmados el 11 de marzo de 1991 por la Administración y los sindicatos más representativos del sector; en dicho acuerdo se recoge que "no se realizará ninguna reducción de cuadros indicadores sin acuerdo con los sindicatos, suspendiéndose la aplicación de los autorizados provisionalmente, si no existiere acuerdo". La resolución recurrida supone la violación del acuerdo toda vez que conlleva una reducción de la tripulación de los buques en los que hasta la fecha era obligatorio que fuera, al menos, un oficial de radio. Por otro lado, entiende que se vulnera el convenio Solas 74/78 continuador de los firmados desde 1906 en Berlín, para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, que pretende evitar los riesgos en dicho medio, estableciendo medidas para garantizar el auxilio más inmediato posible entre situaciones de peligro sobre los bienes o la vida humanos. En concreto,...

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