STSJ Comunidad de Madrid , 24 de Abril de 1998

PonenteMARIA FATIMA ARANA AZPITARTE
Número de Recurso2541/1994
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Abril de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso 2.541/94 SENTENCIA NUMERO 311 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

Don José Félix Méndez Canseco.

Magistrados:

Dñª. Fátima Arana Azpitarte.

Dñª. Francisca María Rosas Carrión.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Abril de mil novecientos noventa y ocho.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 2.541/94, interpuesto por SOCIEDAD OPORTO JUEGOS, SA., defendido por el Letrado D. Juan José Sánchez Colilla, y representado por el Procurador D. Manuel Gómez Montes, contra el Decreto de 19.10. 94 del Concejal-Presidente de la Junta Municipal de Distrito de Carabanchel que desestimó el recurso interpuesto contra otro Decreto del mismo Concejal de fecha 20.6.94 que denegó la licencia de funcionamiento de sala de bingo; siendo parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador D. Luis Fernando Granados Bravo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 21 de Marzo de 1996, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador Sr. Morales Price para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 23 de Abril de 1996, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que considera pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que, por Auto de fecha 31 de Mayo de 1996 , se acordó el recibimiento a prueba del presente recurso, practicándose las que la Sala consideró oportunas. Y, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y fallo del presente recurso el dio 16 de Abril de 1998, a las 10 horas de 12 su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente la Iltma. Sra. Dª. Fátima Arana Azpitarte.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación de la Sociedad Oporto Juegos SA., interpone recurso contencioso- administrativo contra Decreto de 19.10.94 del Concejal-Presidente de la Junta Municipal de Distrito de Carabanchel por el que se desestimó el recurso interpuesto contra otro Decreto del mismo Concejal de fecha 20.6.94 por el que se denegó la licencia de funcionamiento de sala de bingo, video-club y parking sito en la Avda de Oporto n° 4 de esta capital.

SEGUNDO

Del Expediente administrativo unido al procedimiento resulta: 1°) que el 18.5.89 la recurrente solicitó del Ayuntamiento de Madrid licencia de actividad e instalación para sala de bingo, videoclub y parking anexo; 2°) que el Ayuntamiento de Madrid en interpretación del art. 10.5.5 de las NNUU.

del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Madrid , exigió al recurrente para admitir el cambio de uso (del previo dotacional de ocio, de cine, a servicio terciario, sala de reunión, actividad de bingo) que se mantuviera el preexistente de cine, exigiendo por tanto una modificación del proyecto referido ahora a sala de bingo y proyecciones...

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