STSJ Comunidad de Madrid , 9 de Marzo de 1998

PonenteJUAN ANTONIO LINARES POLAINO
Número de Recurso6054/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 1998
EmisorSala de lo Social

Iltmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero Presidente Iltmo. Sr. D. Marcial Rodríguez Estevan Iltmo. Sr. D. Juan Antonio Linares Polaino En Madrid, a nueve de marzo de mil novecientos noventa y ocho, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs citados EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA nº 207 En el recurso de audiencia al rebelde número 6054/97, Sección Segunda, interpuesto por DIRECCION000 ., para ser oído en el procedimiento 467/97, seguido a instancias de don Santiago contra el recurrente, por despido, en el que ha sido dictada sentencia 325/97 por el Juzgado de lo Social número 11 de los de Madrid, el día 5 de septiembre de 1997 , siendo ponente el Iltmo. Sr don Juan Antonio Linares Polaino.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Santiago contra DIRECCION000 ., por despido, designándose como domicilio de la demandada, en el escrito de demanda, la calle DIRECCION001 número NUM000 de Madrid.

SEGUNDO

Remitida por el Juzgado de instancia citación a juicio con copia de la demanda por correo con acuse de recibo a la empresa demandada, en el domicilio indicado, la misiva fue devuelta tras intentar el reparto por dos veces, constando, en ambas, como ausente la demandada, según el servicio de correos.

TERCERO

Por providencia de fecha 23 de julio de 1997 el Juzgado acordó proceder a la notificación por medio del servicio común de notificaciones y también por edictos en el BOCAM.

Intentada por dos veces la notificación de la citación por el Juzgado en el domicilio señalado la misma resultó con resultado negativo.

Se publicó en el BOCAM la citación con fecha 6 de agosto de 1997.

CUARTO

Se celebró el acto de la vista oral el 3 de septiembre de 1997, sin la comparecencia de la demandada, dictándose sentencia con fecha 5 de septiembre de 1997, estimatoria de la demanda.

QUINTO

Con fecha 4 de diciembre de 1997 se presentó en el Juzgado de Guardia recurso de audiencia al rebelde por la empresa demandada, celebrándose la vista ante esta Sala el día 19 de febrero de 1998, de la que resultan acreditados los hechos que se relacionan mas adelante.

SEXTO

Debido a la acumulación de asuntos no se han cumplido los plazos legales para dictar sentencia.

HECHOS PROBADOS:

PRIMERO

D. Blas es administrador de DIRECCION000 , y tiene nueve de diez participaciones en la sociedad (documental pública de la parte recurrida).

SEGUNDO

La demandada es propietaria del local sito en la DIRECCION001 número NUM001 (documental pública del recurrente).

TERCERO

D Blas les arrendatario del local ubicado en la calle DIRECCION002 número NUM000 , en el que explota el negocio allí ubicado, y en el que recibió personalmente la notificación de la papeleta de conciliación previa a la demanda por correo certificado en nombre de DIRECCION000 .. Esta misma dirección obra en albaranes de suministros y de reparación de...

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